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Ejecución forzosa por lo civil por incumplimiento de visitas y ahora denuncias por lo penal.

5 Comentarios
 
01/08/2011 20:45
pulpopaul: una duda cuando le llega a la parte contraria la notificacion cual es,la de que solicitas la ejecucion de la sentencia o que ya un juez ha solicitado las fechas a pasar el periodo vacacional o regimen de visitas.
muchas gracias
01/08/2011 20:39
Hola:

Raquel1, le recomiendo que se lea mis comentarios en el hilo de Freavar, por título, primera denuncia en penal. Creo que le aclararán algunos conceptos.

Añado, insistiendo, el incumplimiento del régimen de estancia si está tipificado en penal, artículo 618.2 CP, en tanto que es un incumplimiento de sentencia judicial. Esa respuesta de que debe acudir a la vía civil y no a la penal, se basa en una falta de actualización de los conocimientos legales, supino desconocimiento o alevosía, lo que usted prefiera, y se da, más grave aún, hasta en fiscales y jueces.

Lorraine83, para presentar demanda de ejecución de sentencia necesita los servicios de abogado y procurador. Debe ponerse en contacto con un abogado. Sobre el tiempo que puede durar el proceso es la pregunta del millón, no se puede decir cuanto tardará se pueden dar aproximaciones si se conocen los juzgados donde se va a presentar la demanda, pero será su abogado quien mejor pueda hacer estos vaticinios, con riesgo de errar por circunstancias mil. Y sí, a la otra parte le llega notificación para que conteste a la demanda.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
01/08/2011 17:39
Raquel 1: una pregunta iniciaste la ejecucion forzosa del cumplimiento de las visitas q tuviste que hacer??? cuanto tardaron en hacerlo???? tuvo que ir la otra parte a decir al juez porque no habia ido o simplemente le comunico las fechas??? me refiero mas que nada porque me gustaria saber si le llega notificacion de las fechas que decide un juez o hay una vista previa o juicio anteriormente a ello y sobretodo saber si tarda mucho. un saludo
28/09/2005 12:25
Alicia.1

Doy por sentado que la demanda de separacion la has interpuesto tu
Doy por sentado, que seantado sientes que tu debes de ser la UNICA custodia del hijo de ambos.
No dudo que obtendra en alto % lo que pretendes ante la justicia.
Mas pretendiendo custodia unica dificilmente te amparara la justicia por las visitas de tu hijo. Si quieres que el cumpla no solo la parte economica busca la custodia compartida
28/09/2005 11:01
Hola, estoy en una situacion similar a la tuya, mi exmarido lleva sin venir a recoger a mi hijo desde principios de junio, saltandose incluso una semana de vacaciones que por auto le correspondia.
Mi abogada no es muy partidaria de que denuncie, pero aun asi yo lo estoy haciendo en el cuartel de la Guardia Civil mas proximo a mi domicilio, y ya llevo unas 4 denuncias puestas.
La Guardia Civil me dice que denuncie en el juzgado de guardia, mi abogada que no denuncie.
Estoy a la espera de sentencia de separacion y segun mi abogada esto nos vendrá bien para que el juez determine las visitas que solicito.
La semana pasada presenté a traves de ella, en el juzgado un escrito comunicando al juez este incumplimiento, (segun mis indicaciones).
Ejecución forzosa por lo civil por incumplimiento de visitas y ahora denuncias por lo penal.
27/09/2005 18:39

Solicité ejecución de sentencia por lo civil por incumplimiento en el régimen de visitas, se procedió a la ejecución forzosa y el juez me dió la razón. Desde la vuelta de las vacaciones, mi exmarido sigue sin cumplir el régimen de visitas y llevo tres denuncias puestas en comisaria por este motivo. Proximamente volveré a solicitar que se ejecute la sentencia por lo civil con estos nuevos incumplimientos.

La policía me tiene totalmente confundida. Me dicen que debo denunciarlo por la vía civil y que lo penal no está para esto, me cogen la denuncia pero es que me dicen que el juez la archivará. Mi abogado de familia dice que no, que debo denunicar en comisaría y que sí puede haber un delito de faltas.

Decir que estoy buscando un abogado que me lleve el asunto penal y que mi abogado sólo lo es de familia. El policía de comisaría me decía que no existe ningún artículo en el código penal que sancione el incumplimiento de visitas pero mi abogado dice que sí ¿A quién creo?.

Si alguien es tan amable de decirme algo respecto a la denuncia por la vía penal así como saber de un buen abogado penalista lo agradecería. Soy de Madrid.

Gracias