Hola,
Estás en lo correcto: el principal es lo que dice la Sentencia, y (si presentas demanda de ejecución contra los herederos) el 30% para intereses y gastos de ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Puedes demandar a los herederos por la responsabilidad civil, empezando por la herencia yacente. Puedes, además, aceptar la herencia en concepto de acreedor hasta la suma debida. Para ello has de presentar una demanda ejecutiva con el correspondiente título (Sentencia penal o Auto de ejecución de la misma) contra los ignorados herederos, contra los que te consten o contra la propia masa hereditaria, caso de haberla, con todas las facultades de ejecución convencional, como inscripción de embargo en el Registro e intervención de saldos y cuentas. Aunque todo esto te cabe hacerlo en el propio procedimiento penal, yo te sugiero que lo hagas en un procedimiento de ejecución puramente civil, por la cantidad a que haya sido condenado el acusado, incrementada en una tercera parte, y despacharán ejecución incontinenti por esa cifra.
Ejecución civil de sentencia penal con condena a pago de respons. civil
me fallece el ya condenado por stc firme por estafa con el correspondiente pago de la responsabilidad civil.
Mi pregunta es.- puedo ejecutar esa responsabilidad civil en la vía civil???? caso afirmativo, demandando al condenado representado por sus herederos??