La casa de mi abuela está en ruinas, y el ayuntamiento la quiere derribar y ha comenzado un proceso para hacerlo, en el que dicen que los gastos del derribo correrán por cuenta de mis tíos y mi madre que son los hijos. Entonces se ha ido al registro de la propiedad a ver si se habían hecho herederos porque no lo recordaban, y allí no consta ninguno como heredero ni siquiera mi abuela que era la que vivía allí. Mi pregunta es que hay que hacer para que no les reclamen ningún gasto por el derribo ya que no son herederos de la vivienda. ¿Hasta qué punto eso es legal reclamárselo a ellos? muchas gracias
Si sus familiares hicieron una escritura de aceptación de herencia de la abuela (con la casa del pueblo o sin ella), han de pagar, en calidad de herederos, los gastos de derribo. En caso contrario, que vayan a la notaría y otorguen escritura de renuncia a la herencia, y entreguen copia en el ayuntamiento.