buenos días.
En relacion al computo maximo de la jornada laboral, además del articulo 34 del ET y del convenio que este caso no mejora me han indicado que la sentencia TCT 1/1/1986 alude al maximo recomendado que asciende a 1780 horas. ¿ alguien me puede enviar la citada Sentencia ? es que no la localizo
Gracias
Pues al margen de que trate de localizar esa sentencia (aunque, buff!, del ya extinto TCT y del 1986!!...) el criterio del que tengo constancia por parte de nuestros tribunales al interpretar la jornada máxima anual cuando nos remitimos al art. 34 del ET (40 horas semanales de rpomedio en cómputo anual), sin ningún otro tipo de mejora o concreción por convenio es de que pueden ser 1826 horas.
Gracias, o sea que como norma general no es mejorable el computo e 1826 si no lo establece el convenio colectivo.
Si localizaras la Sentencia te agradecería me la remitieses.