Hola, tengo una duda con los asuntos propios, en mi ayuntamiento que es donde trabajo como funcionario local, hay diferentes jornadas de trabajo por necesidades del pueblo.
El ayuntamiento al hacer un calculo de horas anuales parte de la base que se trabjan 7'5 horas diarias de lunes a viernes con 22 dias de vaciones y todos disponemos de 8 asuntos propios.
Entonces mi pregunta es la siguiente, yo trabajo en horari diferente, hago 8 horas y 15 minutos de jornada diaria, pero el problema viene porque nos dicen que cuando nos cogemos un asunto propio se nos computa por 7'5 horas, asi que a nossotros cada Ap que pedimos se nos resta 45 minutos de la jornada, asi que nos reclaman 6 horas en total.
Nuestra jornada laboral esta negociada y pactada con el ayuntamiento y representantes sindicales.
Entonces, nos deben contar la jornada que nosotros trabajamos (8'15) o bien la que marcan ellos de 7,5 horas.
El computo de la jornada de los funcionarios son 37.5 h/sem correspondientes a 5 días de trabajo y los días de asuntos propios se corresponden con la jornada natural o efectiva al año, es decir usted trabaja una jornada irregular ya que trabaja 45 minutos mas que sus compañeros pero seguro que en computo anual usted trabaja muchos menos días que sus compañeros para al final de año realizar el mismo numero de horas que sus compañeros a 7,5 h/día, de esta forma si bien el computo de la jornada debe ser diario, es decir si trabaja 8,15 h/día ese permiso retribuido si tiene 5 días deben reducirse de su jornada esas 8,15 h/dia pero entonces habría una descompensación con los compañeros que trabajan 7,5 h de esas 6 h
Es decir pongamos por caso que sus compañeros en convenio deben realizar 1650 h/año. esto suponen 220 días/año y en su caso esas 1650 h/año suponen 202,5 días/año si resta,os esos 5 días son 37,5 h memos por lo que estos tendrían que trabajar 217 días pero a usted no pueden restarle esos 5 días sino 4,6 quedando por tanto en 197,9, redondeando 198 d/año, (ojo el ej. es sin conocer el numero de horas que tiene usted es que realizar al año
El computo de la jornada de los funcionarios son 37.5 h/sem correspondientes a 5 días de trabajo y los días de asuntos propios se corresponden con la jornada natural o efectiva al año, es decir usted trabaja una jornada irregular ya que trabaja 45 minutos mas que sus compañeros pero seguro que en computo anual usted trabaja muchos menos días que sus compañeros para al final de año realizar el mismo numero de horas que sus compañeros a 7,5 h/día, de esta forma si bien el computo de la jornada debe ser diario, es decir si trabaja 8,15 h/día ese permiso retribuido si tiene 5 días deben reducirse de su jornada esas 8,15 h/dia pero entonces habría una descompensación con los compañeros que trabajan 7,5 h de esas 6 h
Es decir pongamos por caso que sus compañeros en convenio deben realizar 1650 h/año. esto suponen 220 días/año y en su caso esas 1650 h/año suponen 202,5 días/año si resta,os esos 5 días son 37,5 h memos por lo que estos tendrían que trabajar 217 días pero a usted no pueden restarle esos 5 días sino 4,6 quedando por tanto en 197,9, redondeando 198 d/año, (ojo el ej. es sin conocer el numero de horas que tiene usted es que realizar al año
Perdon, pero no me queda clara mi pregunta. Podemos solicitar el AP por dia trabajado a 8'15 horas??? o nos debermos conformar a las 7'5 horas que establece de norma general el ayuntamiento. Gracias.
Lo explico de nuevo, los dias de asuntos propios son por la jornada a realizar, es decir si trabaja usted 8,15 serian por esas 8,15 si trabajase 7,5 serian7,5 h y si trabaja 12 h/día seria por esas 12 h, pero usted aunque trabaje 8,15 h en realidad trabaja 7,5 h/dia porque según su convenio trabajan 37,5 h/sem, por lo tanto usted al tener 5 moscosos son 37,5 h y por ello como usted tiene una jornada diaria de 8,15 en vez de 5 tiene 4,60 para coincidir con sus compañeros de otra forma se vería usted beneficiado de mayor reduccion de horas de las que marca el convenio que seguro usted hace las horas que hacen sus compañeros pero como usted trabaja 45 min.mas diarios pues tendrá menos dias de trabajo.
En definitiva los fias de asuntos propios don por la jornada a realizar pero usted tiene una jornada de 7,5 h/dia haciendo diariamente 8,15 h lo que hace es que trabaja menos fias al año