lo que pasó es que yo estoy luchando por la custodia de mi hijo y con un juicio ganaba la custodia y dije a la empresa si era posible estar fijo en la empresa para poder realizar la custodia y la empresa me entregó la carta para que la entregara en el juicio y supiera que estoy fjo. Pues bien, tuve el juicio y por no tener el contrato fijo puesto me ocasionó muchisimos gastos.
Yo entiendo que es un acuerdo, esta igual hecha que cuando te dan el preaviso
yo -.......... jefe de la zona.......... me comprometo a que ........... pasará a ser fijo con contrado indefinido el 1 de febrero del 2012
Si tienes una sentencia en la que dices que el juez te da la razón y condena a la empresa a hacerte fijo...y es firme...pues lo que tiene que hacer es pedir la ejecución de la sentencia..así de simple.
No se ante que jurisdicción se sustanció la demanda, pretensión, etc...pero si lo expones estaría encantada de leerlo para aprender algo más.
DICES...esta super claro, es un acuerdo entre empresa y trabajor y la empresa e hace cargo de todas las consecuencias a partir de esa carta, con lo cual las perdidas ocasionada por la carta se tiene que hacer cargo la empresa y ademas cumplir el acuerdo y estar fijo.
Yo ante esto no tengo nada que añadir...si lo tienes superclaro adelante.
En cuanto a las pérdidas de dinero por no se fijo no se cuales pueden ser...pues la legislación no admite diferencias salariales entre trabajadores temporalesy fijos. Igual si te explicas mejor logramos entendernos.
Lo de la carta fligis2008...en ningún momento dijeras que el juez la dió como verdadera...y válida...no se en que tipo de juicio ni ante que orden.
Lo único que se me ocurre es lo mismo que se aplica para la promesa de contrato, que en caso de no cumplirse puedes demandar pidiendo que te hagan fijo y de no querer la empresa exigir una compensación por los daños y perjuicios sufridos.
Si tu lo ves tan claro pues adelante...pero yo te digo que no existe norma que obligue a la empresa a contratar...lo que si puedes pedir es daños y perjuicios, pero obligar a contratar en base a que precepto?? Una promesa es una obligación que como cualquier otra de no cumplirse al no caber cumplimiento forzoso lo único que puede pedirse es como sustitución los daños y perjuicios.
De todas formas, deberías exponer el caso más detalladamente...pues si vas aportando datos poco a poco malamente podemos responderte.
Adri-45 la suspensión de la aplicación del art. 15.5 ET (limite de encadenamiento) comenzó en agosto del 2011 no recuerdo que día concreto, en principio estaba hasta finales del 2013....pero con la reforma laboral cambiaron y sólo se mantiene la no aplicación hasta finales de diciembre de este año...luego se sigue aplicando el art. como siempre.
Resumen...todos los contratos celebrados entre agosto 2011 y 31 de diciembre del 2012 no se computan a efectos de alegar la condición de fijo por encadenamiento de contratos.
Desde el 1 de enero del 2013 volverá a aplicarse la norma como siempre. A efectos de esta suspensión se aclaró que los contratos anteriores a la suspensión computan para sumarlos a los que se celebren desde el 1-1-2013...los únicos que no computan son los celebrados durante el periodo de suspensión (ni el nº de contratos, ni duración ni periodo de referencia).
esta super claro, es un acuerdo entre empresa y trabajor y la empresa e hace cargo de todas las consecuencias a partir de esa carta, con lo cual las perdidas ocasionada por la carta se tiene que hacer cargo la empresa y ademas cumplir el acuerdo y estar fijo
ademas no es una promesa, es un acuerdo oficial en documentación oficial y con sello y todo, por lo tanto la promesa verbal a pasado a ser oficial al estar por escrito y tenerla que haber presentado ante un juez.
Ainoa una preguntilla, el encadenamiento de contratos temporales partir de agosto de 2012 esta permitido sin limites, no? es decir, se empieza a contar desde agosto?
La carta no vale para nada...
Lo real es que según ices estás contratado temporalmente....esto es lo que cuenta.
La firma por tí de un contrato es denunciable en vía penal.
En cuanto a si eres o no fijo pues dependerá del tiempo que lleves trabajando con contratos temporales, habrá que ver si se aplica o no el encadenamiento, que por cierto no se computan a tales efectos los contratos desde agosto del 2011 hasta diciembre del 2012...puesto que está suspendida la aplicación de esa norma. Si pones las fechas y tipos de contratos podremos decite.
Si tras poner los datos te comentamos que eres fijo...pues lo mejor que puedes hacer es seguir trabajando y firmando los contratos temporales que sean...en ese caso si un día te dicen adios porque tu contrato finalizó y no te renuevan alegas fraude de ley en la contratación temporal e impugnas por despido. Pero esto sólo si realmente eres fijo en aplicación del art. 15.5 ET, no por una promesa que te hiceran.
resulta que el encargado de la zona donde trabajo, me debía muchisimo dinero porque no me ponia las horas extras que me debia. me dió una carta, con sello y firma de la empresa y en papel que da la empresa, en la que se comprometía que a partir el 1 de febrero pasaría a ser fijo en la empresa.
hasta ahora me han puesto contratos temporales y resulta que está firmando por mí contratos y horas extras.
¿ la carta ya implica que estoy fijo desde el 1 de febrero?¿no sería fraude a la seguridad social y falsificación de firmas?
¿que debo hacer firmar el proximo contrato o decir que no lo firmo porque estoy fijo? ayuda por favor