Pues si tiene tan claro, que el justificante de la transferencia es suficiente, porque le exige al administrador un justificante?
Un consejo
Si va al administrador con estas peticiones que hace, se dara cuenta que es desconocedor de la LPH y pasará olimpicamente de usted
pero nosotras entendemos que aunque no nos haga ningun recibo, con el justificante bancario de la transferencia es suficiente para justificar el pago delante de cualqueira no ?
La Ley de la Propiedad Horizontal, dice que se tiene que contribuir a los gastos según su coeficiente, pero la ley no dice como se debe hacer. Por lo cual usted lo hace como le venga en gana.
Ya le he dicho, que usted no está obligado a dar su número de cuenta al administrador
Usted no tiene obligación alguna de facilitar el numero de su cuenta corriente a nadie.
Le indica por escrito, (nunca de palabra), que le remita el número de la cuenta corriente de la comunidad, porque a partir del mes de mayo, a dado orden a su entidad bancaria, eliminar la domiciliacion del recibo de la comunidad. Dado que a partir del mes que viene, realizará su abono a traves de una transferencia.
Que En caso que no se le remita dicha información, si algún recibo es devuelto, usted no se hará cargo del importe de dicha devolucción..
Y si quiere añadirle, le indica que en caso que figure como moroso, se reserva el derecho de emprender las oportunas acciones judiciales contra él.
Aunque esto es mejor esperar a ver que hace él.
Me gustaria saber si tengo el derecho como vecino de una comunidad de prohibir que me domicilien los recibos y hacer una transferencia a la cuenta de la comunidad; puedo comunicarle al administrador esto y tiene la obligacion de aceptarlo ? o se tiene que votar en junta ?