Me acabo de incorporar a una empresa en Octubre, concretamente el 20 y me han abonado la nómina devengándome 11 días, cuando del 20 al 31 de Octubre son 12 días trabajados, se que esto ha pasado porque el programa de las nóminas lo tendrán configurado a 30 días pero, ¿en las incorporaciones y salidas de empresas no se paga el salario diario en vez de mensual? Es decir, a mi me tendrían que devengar 12 días que es lo que he trabajado y el resto de meses pagarme en base a 30 días que es lo que marca mi convenio, ¿no?
Entonces debería reclamar? Me podríais proporcionar algo más de información ya que desconozco si es correcto o no y así tener más seguridad a la hora de rebatirlo?
depende también del grupo de cotización y de cómo tenga su CC especificado el sueldo(mensual para grupos superiores, diarios para grupos del 7 al 10, por ejemplo) lo que sí es importante a tener en cuenta es la nueva forma de calcular los seguros sociales, van por tramos, creo que es a lo que se refiere con la configuración del programa de nóminas. Le aconsejo que lea su contrato, debe aparecer si el salario es mensual o diario, dependiendo de ello, son meses de 30 o 31..y ante todo, preguntar en el area de RRHH..con la respuesta que le dén, haga una nueva consulta, intentaré explicarselo
Buenos días: la nómina se calcula en base 30 independientemente del día de incorporación. El salario base anual se divide en 12 meses de 30 días por lo que el importe que has recibido sería correcto.