Llevo dias llamando a la seg.Soc. Para corrroborar 2 dudas q tengo, pero me dicen que "suponen" que lo que yo digo es viable y por descontado no me da mucha seguridad.
1-Las vacaciones se computan en dias naturales.Es decir si un trabajador tiene un contrato parcial(50%) tendra igualmente 30 dias de vacaciones al año(no 15),verdad?
2-si se comete un error (de categoria)en el contrato no existe sancion por comunicarlo al inem 2 meses despues de haber sido sellado el contrato si los pagos a la s.S. Han sido correctos,verdad?
gracias de antemano.
Con relación a las vacaciones, si el trabajador tiene un contrato a tiempo completo son 30 días a salario completo; si tiene un contrato a tiempo parcial, tendrá los mismos días. La diferencia estará en la retribución o la cotización.
Todo el mundo tiene derecho a equivocarse. No se equivocan ellos como todos, porqué tu no.
Entiendo no debes tener ningún problema, ya que la modifición que aduces no tiene trascendencia en cuanto a plazos.
Tranquila Sandra, tus dudas no son tales y estás en lo cierto. Poco más se puede añadir a la contestación del amigo Zitro y a tus propias conclusiones. Saludos y buen fin de semana.