Buenas tardes, vivo en Andalucia, me hermana me va a donar unos 40.000€ para ayudarme a liquidar diversos prestamos, el dinero proviene de sus cuentas personales, y sabemos que hay que redactar un documento notarial, pagar impuesto de donaciones, etc.
la pregunta es cuanto se ha de pagar en la Hacienda andaluza por esos 40.000 euros, sabiendo que el donante y el receptor somos hermanos.
Muchas gracias y en espera de atenta respuesta
Para determinar cuánto se debe pagar en concepto del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en Andalucía por la donación de 40.000 euros entre hermanos, es necesario considerar los siguientes aspectos:
- Grupos de parentesco y reducciones: En Andalucía, los hermanos se encuentran en el Grupo II del ISD, que comprende a colaterales de segundo grado. En este caso, la reducción aplicable sobre la base imponible de la donación es de 7.993,46 euros.
- Escala de gravamen: Una vez aplicada la reducción, se debe aplicar la escala de gravamen que en Andalucía para el Grupo II es progresiva, con tipos impositivos que van del 7,65% al 34%, dependiendo del importe de la base liquidable.
- Coeficientes multiplicadores: Además, se deben aplicar los coeficientes multiplicadores en función del patrimonio preexistente del donatario y del grupo de parentesco. Para hermanos, el coeficiente multiplicador varía según el patrimonio preexistente del receptor de la donación.
Para ilustrar con un ejemplo concreto:
- Monto de la donación: 40.000 euros
- Reducción aplicable: 7.993,46 euros
- Base liquidable: 40.000 - 7.993,46 = 32.006,54 euros
Aplicación de la tarifa (según la escala del ISD en Andalucía): Si la base liquidable es de 32.006,54 euros, se aplicaría el tramo correspondiente de la tarifa progresiva.
Vamos a calcular los tramos específicos:
- Para los primeros 7.993,46 euros, se aplicaría el tipo del 7,65%.
- Para los siguientes 24.013,08 euros (32.006,54 - 7.993,46), se aplicaría el tipo correspondiente según la escala progresiva.
Ahora, los tramos y tipos para Andalucía son los siguientes:
- Hasta 7.993,46 euros: 7,65%
- De 7.993,47 a 15.980,91 euros: 8,50%
- De 15.980,92 a 23.968,36 euros: 9,35%
- De 23.968,37 a 31.955,81 euros: 10,20%
- De 31.955,82 a 39.943,26 euros: 11,05%
Para calcular el impuesto a pagar:
- Primer tramo (7.993,46 euros a 7,65%): 611,31 euros
- Segundo tramo (15.980,91 - 7.993,46 = 7.987,45 euros a 8,50%): 678,93 euros
- Tercer tramo (23.968,36 - 15.980,91 = 7.987,45 euros a 9,35%): 747,31 euros
- Cuarto tramo (31.955,81 - 23.968,36 = 7.987,45 euros a 10,20%): 815,88 euros
- Quinto tramo (32.006,54 - 31.955,81 = 50,73 euros a 11,05%): 5,60 euros
Total impuesto a pagar: 2.858,03 euros
- Coeficiente multiplicador: Se aplica un coeficiente multiplicador dependiendo del patrimonio preexistente del donatario. Si no excede de 402.678,11 euros, se aplica un coeficiente de 1,00.
En resumen, la cantidad aproximada a pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía por una donación de 40.000 euros entre hermanos sería de aproximadamente 2.858,03 euros, más cualquier coeficiente multiplicador aplicable según el patrimonio preexistente.
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No dones que te crujen, mejor que su hermana le haga un préstamo y presente el modelo 600 esta exento de impuestos
1. Diferencia entre Préstamo y Donación: Ayuda a demostrar que el dinero transferido es un préstamo y no una donación. Las donaciones sí están sujetas a impuestos y pueden implicar un costo significativo dependiendo de la cantidad y de la comunidad autónoma.
Hagan un contrato privado para acompañar el mod 600 pones un aplazamiento y punto, tiene que estar bien redactado no pongan intereses
Una cosa es una donación, y otra muy distinta un préstamo. No hay que confundir una con la otra.
Si tu hermana te regala ese dinero, es una donación, hay que pagar impuestos, y no hay que devolver el dinero.
Si tu hermana te presta el dinero, puedes declarar un préstamo sin intereses, y la cosa es justo al revés, no pagas impuestos, pero hay que devolver el dinero prestado
le pones 2 o 4 años para devolverlo, quien te lo impide, ademas la deuda prescribe a los 5 años ya que tu hermana no te va a denunciar seguro, si ella no te lo reclama prescribe asi es legalmente y no tienes que devolver nada, un consejo, mejor te informas en hacienda que es el padre de la muchacha
yo vendo inmuebles y se como se manejan estas cosas, pero me informo siempre en hacienda no con los funcionarios muchos de ellos no tienen ni idea de lo que dicen, casi siempre te informan a criterios propios por no estar bien informados, siempre hable con el inspector, o ve a donde quieras que sean profesionales, no digo que en este foro no lo sean aquí hay gente muy bien informada y preparada y te dan todo tipo de soluciones son de fiar.
Hacienda puede considerar un préstamo declarado y no devuelto como una donación encubierta. En ese caso te cobrarán los impuestos que tenías que pagar por la donación, más la sanción pertinente e intereses.
Hazlo bien: si es una donación, decláralo como donación.