Buenos días, querría hacer la entrega de llaves de un Inmueble previamente al inicio del Contrato de Arrendamiento para que los nuevos Arrendatarios puedan realizar la mudanza, y posteriormente proceder con la firma del Contrato de Arrendamiento, el motivo es; cerrar unos asuntos en el Inmueble, y así, poder entregar el Inmueble en las condiciones óptimas de Arrendamientos, que son realizar un acondicionamiento general del Inmueble y ejecutar una Instalación en el Inmueble aprobado en Junta de Propietarios para toda la Comunidad de Propietarios.
A ver como se podría redactar un documento de estas características.
Coincido con la acertada respuesta de Hoplon.
Más allá de la cuestión puramente jurídica me gustaría indicarle que en general yo recomiendo que no se hagan este tipo de arreglos. Nunca se sabe cuanto va a tardar una obra exactamente, es muy difícil de predecir y luego, cuando llega el plazo del arrendamiento y la vivienda no está todo son problemas.
La vivienda está reservada desde el día 17 de Octubre con su correspondiente Contrato de Reserva de una duración de 2 meses hasta la formalización del C.A., por diferentes motivos se ha retrasado el inicio del Arrendamiento, la salida del anterior Arrendatario, pequeñas reparaciones que ha habido que efectuar en la vivienda, el "nuevo" Arrendatario no quería ningún mueble y ha habido que retirarlos, ha caducado la certificación energética y se está en trámite de su renovación, según JGO se han aprobado mejoras en la finca y una de ellas es la instalación de videoporteros en esta próxima semana en la que La Propiedad queremos estar presentes, esta notificación por parte del Admon. de Fincas ha sido posterior a una conversación que tuvimos con la parte reservante donde concretamos que la vivienda, salvo causas de fuerza mayor, estaría preparada para este próximo puente, y así la parte reservante se hizo a la idea que ya contaba con realizar la mudanza, de ahí este debate si es lo más apropiado entregar las llaves durante este puente y que vaya haciendo la mudanza, devolverlas a posteriori, y en cuanto esté todo listo sobre ya iniciar el Contrato de Arrendamiento.
La idea de una fecha de devengo y otra de inicio real ya la había planteado, aunque no sabría como encaja eso en entregar las llaves de la vivienda durante este puente, que esta parte reservante realice su mudanza, devolver las llaves, y a los días, tras cerrar los asuntos pendientes iniciar el Arrendamiento con esas fechas de devengo e inicio real.
Lo que deseo es hacerlo de la manera más clara, transparente,
y que ninguna de las partes salgamos perjudicados.
Muchas gracias a ambos por vuestra atención, hacéis una labor encomiable.
Un saludo.
"... devolverlas a posteriori..."
Para esta situación, lo mejor es abrirle la vivienda, que haga la mudanza, y luego cerrarla, sin dejarle llaves en su poder. Y si acaso, un escrito sencillo que refleje que deja unos muebles dentro de la finca en espera de que se formalice el contrato de alquiler.
En ese caso, tendríamos que organizarnos para que haga la mudanza en un sólo viaje ó sino tendré que permanecer en la vivienda mientras realiza la mudanza, y tanto de una como de otra forma es un tiempo del que no dispongo y demasiado valioso.
¿Qué viabilidad tendría, en este caso un Arrendamiento y/ó pre-arrendamiento en precario ó mejor en comodato?, podría ser una opción, en el caso de "en precario" con una adelanto de "x" mensualidades ( no sabría cuantas solicitar ) y en el "comodato", sin más, lo usa y disfruta por "x" días y tras esos "x" días necesarios para cerrar los asuntos pendientes lo entrega.
Para ponerse a redactar contratos de una cosa u otra, ya casi mejor el primer consejo que le ofrecí: contrato firmado hoy y con fecha de entrada en vigor posterior. O incluso con un plazo de carencia de pago de renta.