Después de cinco años de matrimonio (régimen de bienes gananciales) puse demanda de divorcio y mi marido se llevó a mi hija. Él me exigió que la retirara porque no quería pagar ningún tipo de manutención y a cambio me devolvía a mi hija lo cual hice en contra de la recomendación de mi abogado. Posteriormente tuve una relación de 17 años con quien tuve un hijo y me separé hace 5 años.
Ahora mi marido presenta demanda de divorcio contencioso y quisiera saber si mi hija (29 años) o yo tenemos derecho a reclamar algún tipo de compensación pues tuve que hacerme cargo yo sola de su manutención.
No. Los alimentos sólo se deben a partir de que una sentencia o auto los establece. Sólo podría reclamar lo que a su hija le pudieran corresponder a partir de este momento, pero con 29 años se supone que ya es independiente.
La pensión compensatoria debería haberla solicitado en su día. Ahora, pasados más de 20 años, tampoco procede.
Una pregunta Sra. ¿ tambien ha pedido usted pension de manutencion para el hijo de su ultima relación o comparten la custodia de ese hijo suyo ?. Entiendo que pension compensatoria de esta ultima relacion no ha pedido puesto que se da a entender que sigue usted casada con su primera relacion.
Un saludo.
Gracias por sus respuestas.
Lo que origina mi consulta es el hecho de que, aun sin haber reclamado por vía legal lo que por derecho le correspondía a mi hija, (los perjuicios ocasionados fueron grandes, y el temor de que mi marido volviera a desaparecer con mi hija si volvía a pedir el divorcio, me impidieron hacerlo), pienso que no le eximía de sus obligaciones y de alguna forma debería haber alguna posibilidad de compensar a mi hija de lo que en su momento careció por ello.
A la pregunta que me formula Baldriz, la respuesta es que, asesorados por un abogado y de mutuo acuerdo, se estableció una pensión por alimentos para nuestro hijo, compartiendo ambos la responsabilidad.