Hola, yo llegue a España por que a mi "esposa" le dieron visa de trabajo cuanto estábamos en nuestro país de residencia Centroamérica. Una vez acá (8 meses), decidimos separarnos y este mes firmamos el divorcio en el consultado de nuestro país. Actualmente tengo un NIE (y visa de trabajo) que dicen que es dice "depende de: NIE de ella". :::: Mi consulta es :::: ahora que firme el divorcio puedo yo quedarme en España hasta le fecha de vencimiento de mi NIE (10-10-2020) o tendré que irme antes?
Muchas gracias!
Por cierto ::: En el consulado me han indicado podría quedarme hasta que se vence mi visa / nie / permiso de trabajo. Pero no se q tan cierto puede ser esto. Agradezco su ayuda.
Por lo que usted indica, es extranjero extracomunitario titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar en régimen general, en razón de ser cónyuge de una persona también extranjera extracomunitaria, que solicitó en su momento para usted la autorización de residencia por reagrupación familiar.
Usted puede solicitar una autorización de residencia independiente de la de la persona que lo reagrupó. Puede hacerlo siempre y cuando se halle en ALGUNO de los siguientes supuestos :
- Cumpla con las condiciones necesarias para la concesión de una autorización de residencia temporal no lucrativa (básicamente, contar con ingresos regulares mensuales en una cantidad igual o superior al 400 % del IPREM mensual y seguro médico con el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Sistema Nacional de Salud).
- Cuente con uno o varios contratos de trabajo, de duración mínima, desde el momento de la solicitud, de un año, y de los que se derive una retribución no inferior al Salario Mínimo Interprofesional mensual, a tiempo completo, por catorce pagas.
- Cumpla con los requisitos exigibles para la concesión de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
También puede solicitarla cuando se divorcie, pero en ese caso, debe acreditarse que ha convivido en España con el reagrupante durante, al menos, dos años, que no se cumplen en su caso por lo que ha manifestado. Por ello, es recomendable que solicite la autorización de residencia independiente de la persona que lo reagrupó antes de su divorcio.
- El divorcio aún se encuentra en proceso. Yo ya firme los papeles en el consulado de mi país, pero ahora el tramite en el q un juez lo hace oficial ante el registro civil puede tardar unos meses.
1. Que pasa en ese momento? puedo quedarme hasta octubre del 2020 q vence mi visa / nie o tengo q irme 3 meses después?
Yo actualmente trabajo y tengo un contrato por 6 meses con seguro privado Cigna y un salario bruto de 17 euros anuales(14 pagas). En mi empresa hacen dos contratos de 6 meses y ya luego uno indefinido.
2. Esto se refería usted con su primera opción de habla de "IPREM mensual"?