Estoy delante de mi primera división judicial de herencia.
Es un asunto que hasta ahora ha llevado otra abogada pero que por cosas de la vida me ha sido traspasado a mí. El caso es que el causante murió sin padres, sin hijos y sin estar casada, por lo que los herederos son todos colaterales (yo defiendo a una sobrina). Al principio se pensó que no había testamento, por lo que se hizo declaración de herederos ab intestato. Sin embargo, más tarde se encontró un testamento hológrafo, donde se decía que el únic inmueble de la herencia se deja a mi cliente, y también la mitad de un fondo de inversión. La otra mitad del fondo se reparte a partes iguales entre los restantes parientes.
No pudiendo encontrar el domicilio de dos de los parientes, la abogada que me precede instó una división judicial...el Juzgado la admitió a trámite y se ha señalado la junta de herederos, habiendo citado por edictos a los parientes cuyos domicilios son desconocidos...
Mis dudas son....¿que puede pasar en la junta? En principio no puede haber discusión pues al haber testamento está muy clara la forma de repartición...Supongo que sería absurdo que algun heredero discutiera la repartición no? También sería absurdo que se discutiera el valor de la vivienda pues la hereda 100% mi representada no?
¿Qué sucede si no aparecen los parientes citados por edictos? se suspende todo el procedimiento? En la junta, ya que el testamento está tan claro, ¿qué tengo yo que decir? Reproduzco en voz alta la división del testamento para que el secretario judicial me homologue la partición y con el decreto del secretario puedo ir ya a inscribir en el Registro de la Propiedad y a cambiar la titularidad del fondo de inversión? o tengo que pasar por un notario?
Estoy bastante confundido porque quizá, al estar la división tan clara, debería ir al notario y punto...pero nosé ahora ya está señalada la junta...