Soy el presidente de una comunidad de 20 viviendas y 4 locales comerciales. Este edificio se reformo y dividieron varias viviendas de manera que la division horizontal se altero y esta recogido en el Registro de la Propiedad pero no en Catastro. Ahora resulta que de cara a normalizar el recibo del IBI, Catastro pide planos para realizar el tramite. Existe algun modo de regularizar la division segun consta en el Registro? Quiza en el Registro se aportaron planos en su dia, o no es necesario? A quien se debe acudir para realizar estas gestiones, arquitecto, gestoria?
Para el Registro seguramente solo fue necesario el acuerdo unanime de la Junta y los datos sobre nuevas superficies y cuotas de las viviendas resultantes. Al Catastro le deberia bastar con estos mismos datos sin necesidad de planos, lo unico que hay que comprobar es que la suma de las viviendas divididas coincide con la superficie de las viviendas iniciales y los datos de los actuales propietarios de las vividnas resultante. Para ello se puede aportar las nuevas escrituras y la documentacion registral. Decirle al Catastro que no hilen tan fino y sino que justifiquen donde esta regulada la peticion de los planos.
Resulta sorprendete. Ahora recibimos la comunicacion del Ayuntamiento de Madrid, a traves de un arquitecto municipal, en la que nos piden realizar los planos que justifiquen la nueva division horizintal. De no hacerlo nos lo exigiran legalmente, existira ley u ordenanza al respecto? somos responsables del desaguisado que dejo la empresa que vendio los pisos?