pipa
Lo que dice ese vecino de su comunidad: "Ya en la reunión un vecino dice que no es legal porque la tenía que haber convocado el presidente. ¿Es eso cierto?"
Aquí puede suceder o ha podido suceder que el presidente haya dicho: "yo ya he dimitido, así que no convoco ninguna Junta"( Los hay para todos los gustos) Y en este caso y partiendo de que el vicepresidente no puede convocar, lo debe hacer la cuarta parte de propietarios o un número de éstos que representen, al menos, el 25% de las cuotas de participación.
Así que el procedimiento sería, creo yo:
-Solicitar al presidente por escrito, del cual quede constancia, que convoque la Junta con el único punto del orden del día que ha mencionado Oval y dándole un plazo para hacerlo y haciéndole saber que de no convocarla lo harán los promotores de la reunión (que tienen que alcanzar el quórum mencionado).
-En caso de ignorar su petición, proceder a convocarla los propietarios (25%) y en la reunión la Junta aprobar si usted pasa de vicepresidente a presidente o nombran a otra persona. Lo que se decida.
En la Junta, a pesar de lo que dijo el vecino, es decir, que no es legal porque la tenía que haber convocado el presidente, a pesar de esto, ¿se acuerda algo? Es decir que usted ocupa el puesto de presidente, etc. y se redacta el acta, etc.
Porque si ha sido así, ahora viene la segunda parte del enredo:
O usted, por no crear conflicto, empieza todo de nuevo y venga, a otra flor, mariposa;
O, por el contrario, va y dice lo que dicen otros, "el que no esté de acuerdo ¡que impugne!"
Y ya tenemos el lío otra vez. ¿O no?
Muchas gracias Anastasia. A toro pasado le cuento, se tomaron acuerdos:
Yo me quedo de presidente hasta diciembre para no entorpercer la marcha de la comunidad.
El mismo vecino decia que esto sentaria precedente y que cualquier presidente podría dimitir a partir de ahora ¿tiene razon?
Pienso que mi posición, (en la que he intentado ser altruista para que los niños disfruten de la piscina) a pasado a ser un poco delicada.
Ademas el orden del día llevaba otro punto que es situación de los jardines en el que se acordó instalar un sistema de riego.
Anastasia ¿que debo o puedo hacer?
Que puede ocurrir si sigo como presidente?
Como puedo revocar la reunión de ayer?
que me aconseja'
pipa
Me debe usted perdonar pues le he hecho una pregunta sin sentido, ésta:
En la Junta, a pesar de lo que dijo el vecino, es decir, que no es legal porque la tenía que haber convocado el presidente, a pesar de esto, ¿se acuerda algo? Es decir que usted ocupa el puesto de presidente, etc. y se redacta el acta, etc.
Y usted ya lo había dicho en su primer intervención:
"Por mayoría se aceptó la dimisión, pero algún vecino dijo que eso sentaba precedente en la comunidad y que cualquier vecino podría dimitir.
Yo me he quedado de presidente hasta el cierre del ejercicio en Diciembre"
Respecto a sentar precedente... ¿usted cree que van a ir dimitiendo todos los presidentes elegidos, en adelante? No creo.
Y revocar la reunión ¿por qué?
El orden del día era claro: Dimisión del presidente.
El acuerdo es claro: Se acepta la dimisión.
Y la Junta acuerda que usted siga de presidente hasta diciembre ¿no?
¿Ha remitido el acta a todos los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9 reflejando en ella:
1.La fecha y lugar de celebración
2.El autor de la convocatoria
3.Carácter ordinario oextraordinario y si se ha celebrado en primera o segunda convocatoria.
4.Relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, asi como los representados, con indicación en todo caso, de sus cuotas de participación.
5.El orden del día de la reunión.
6.Los acuerdos con indicación , si fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que votasen a favor y en contra del acuerdo y sus cuotas de participación.
Ló único que "parece" que no cuadra es que haya sido el vicepresidente el convocante en lugar del presidente o el 25% pero como son acuerdos que, considero, no son gravemente lesivos para los intereses de la comunidad, ni perjudican a ningún propietario. Tampoco creo que se hayan adoptado con abuso de derecho ¿no?
Entonces, aunque sea "contrario a la ley" porque no se ha cumplido un requisito que pudiera ser el procedimiento "correcto" de convocarla, todo lo demás está bien ¿no? y se ha llegado a acuerdos por mayoría.
Yo creo que en este caso si comienza de nuevo sería peor el remedio que la enfermedad.
Lo hecho hecho está y nadie está libre de cometer un error que además en este caso no ha sido malintencionado.
De todas formas, siempre podrán impugnar aquellos que salvaron su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados del voto.
Aunque no creo que lo hagan porque ¿qué conseguirían? sino empezar de nuevo para que vuelva a salir otra vez lo mismo? No tendría ningún sentido.
Yo creo que no va a ocurrir nada.
Saludos
Dice pp:
"Lo de sustituir al presidente, es por casos ocacionales, vacaciones, trabajo etc etc.
No se puede dimitir y quedarse sin esa figura, el vice podrá decir que obstentará el cargo de presidente, ok perfecto, pues sres entonces HAY QUE NOMBRAR UN VICE. Parece mentira que con esto que es tan sencillo, se líen tanto".
Pues yo voy a liar o liarme otro poco.
"La existencia de vicepresidentes será FACULTATIVA."
"Si la junta acepta la dimisión del presidente, usted no tiene que serlo, el vicepresidente es una elección facultativa, por lo tanto deberían de haber nombrado a un nuevo presidente, en esa junta, y usted seguiría en su cargo de vicepresidente.
Y punto, no argumento más en este tema"
De acuerdo con Oval y también con pp salvo en una cosa.
Dice pp que si la Junta acepta la dimisión (que ya lo ha hecho), el vicepresidente, o sea pipa, no tiene que serlo (presidente).
Y ¿por qué no tiene que serlo?
Ya sabemos que "salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año" pero,
"Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria"
El orden del día era: Dimisión del presidente (exclusivamente); sin embargo han nombrado otro presidente. De la misma manera han removido al vicepresidente de su cargo y lo han "trasladado" a ser presidente. Y ¿por qué no va a poder ser presidente el que fue vicepresidente si así lo decide la Junta?¿Qué más da uno que otro?
Total ninguno de los dos ha cumplido su año en el cargo.
Saludos y punto también.
Era punto y seguido.
No han cumplido el año completo ni el presidente porque ha dimitido, ni el vicepresidente porque lo han designado nuevo presidente. El cargo que ha quedado vacante es el de vicepresidente, pero, como es facultativo, pues así se queda; a no ser que nombren otro vicepresidente por si las moscas.