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diferencia entre turno de oficio, asistencia jurídica gratuita,

41 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 41 comentarios
21/07/2006 17:51


Se puede pedir Justicia Gratuita con libre designación de letrado de modo que el beneficiario deberá pagar los honorarios de su Abogado según las normas (o los pactados) pero obtiene el resto de los beneficios, entre los que se encuentra, por supuesto, las costas de contrario en caso de que se le impusieran. Yo he llevado un asuntó así para un familiar que sí le correspondía la justicia gratuita pero quería que yo le llevase el asunto. Tuvimos que hacer varias publicaciones edictales y no hubo que pagar nada.



21/07/2006 13:44
esto es opinión personal mía; entiendo que los abogados somos un colectivo muy poco unido, puesto que al igual que los camioneros luchan cuando hay subidas del combustible, nosotros nos callamos.

sería bonito poder hacer una huelga por que en los juzgados de tal sitio llevan un retraso de la hostia, o hacer una manifestación para que subieran los honorarios del turno de oficio, o por la subida de la gasolina.

yo tengo el despacho a 30km. de casa, y trabajo en otro en Valencia a 200km., además, estoy todo el día del juzgado a la notaría, al registro, a tal terreno, etc..., y me jode la subida del gasoil igual que a otros profesionales.

yo no estoy en el turno por ganar dinero, puesto que me puede suponer aprox. 6.000 leuros al año, que no es mucho; yo estoy en el turno por lo que conlleva, las relaciones con la policía nacional, por ejemplo, con los funcionarios, con los jueces, el día a día que llevas estando en el turno con los profesionales que están en tu ámbito, te puede ayudar, así como que, insisto una vez más, creo que estoy dando un servicio social, al igual que quien da pasta a los negritos del áfrica.

no te creas tampoco que me hace gracia que vengan moritos al despacho, pero ellos tienen tanto derecho a un abogado y a la justicia como el más rico de España.

saludos.

en cuanto alo de las consultas gratis al foro, estoy replanteándomelo, igual empiezo a combrar con lo del "paypal"
perfil Rus
21/07/2006 13:29
Y encima resolvemos consultas gratis en un foro...
21/07/2006 13:27
Gracias por aclararme el tema. Pero me sorprende que seais precisamente vosotros, los abogados, a quien malpagan, y no hagais nada. Ya se dice: en casa del herrero, cuchillo de palo,..
perfil Rus
21/07/2006 13:24
Supongo entonces que se trata de una mala interpretación de los artículos 27 (Efectos del reconocimiento del derecho) y 28 ( Renuncia a la designación), por entender que si el cliente tenía derecho a la asistencia jurídica gratuita el abogado podía renunciar a sus honorarios.
21/07/2006 13:18
procedimiento penal 200 leuros (por normas podría ser aprox. 1.500 leuros).

demanda civil aprox. 200 leuros (por normas puede ser mogollón más).

hipotecario aprox. 300 leuros (por normas podría ser 20.000 leuros).

estamos mal pagados, pero hay algún capullo, como es mi caso, que piensa que todo el mundo tiene derecho a la mejor defensa posible, sin distinciones por sus razones económicas.

es triste que una persona distinga a uno por ser negro, o por ser gitano, o por ser puta, o por ser maricón, pero distinguir a alguien por tener pasta o ser un pobretón, es lo más triste del mundo.

la verdad es que los abogados que estamos en el turno estamos un poco agilipollaos, yo igual me borro mañana!!!

luego ves lo que saca un médico por una guardia en sanidad y lo flipas y te preguntas, seré capullo?

no obstante, te comento que yo, por ejemplo, tengo 4 guardias (penal) al mes y 1 ó 2 casos civiles al mes, por lo que tampoco te lleva tanto tiempo.
21/07/2006 13:13
Si es un servicio obligatorio su existencia ¿Por qué dicen que les malpaga el estado? En otros servicios obligatorios como la sanidad, se les paga una pasta gansa.
21/07/2006 13:09
Rus, perdona que te vilipendie, pero no tienes razón.

Los abogados del turno de oficio estamos voluntariamente en dicha lista, y somos los únicos que damos el servicio de oficio, así como los únicos que prestamos servicio a gente sin recursos (o listillos) y nos malpaga el estado.

La cuestión es que la desventaja del turno, es que el cliente no elige abogado, sino que le toca el que le designan.

si no, esto sería un chollo.

saludos.
perfil Rus
21/07/2006 13:08
guarromán, no tiene por qué ser así. He conocido varios casos en los que el abogado era de libre elección y se recomendó al cliente pedir justicia gratuita (en concreto, dos incapacitaciones)
perfil Rus
21/07/2006 13:06
En teoría, es posible, pero quizás ese aogado le pida una provisión de fondos, y si no se la paga, le mande a paseo.
21/07/2006 13:05
si usted elige el abogado, se lo paga usted.

si lo quiere de justicia gratuita, debe estar en el turno de oficio y le tocará por un sorteo, por lo que no lo puede elegir.

no obstante, le indico que la justicia gratuita no es para todos los abogados, es únicamente para los que están en el turno de oficio.

los pasos son que primer pide abogado de oficio, se lo conceden y entonces usted pide justicia gratuita, si se la conceden, el estado malpaga al abogado y si no, usted le paga.

saludos.
21/07/2006 13:04
Me viene a la mente que cualquiera podria ir al abogado más caro/de más renombre de la ciudad y luego pedir la asistencia jurídica gratuita para que me lo costease el estado.
perfil Rus
21/07/2006 13:02
Lo que quiero decir es que teniendo en cuenta que el abogado es de su confianza, qué menos que comentarle que va a pedir la asistencia jurídica gratuita, a ver qué le parece.
perfil Rus
21/07/2006 13:01
El Estado lo paga. Ojo, que igual su abogado decide que ya no le quiere llevar el caso...
21/07/2006 13:00
Muchas gracias. Entonces, si yo elijo al abogado y luego pido la asistencia jurídica gratuita, y me la conceden. ¿El estado pagará a mi abogado o me designarán a otro?
21/07/2006 12:46
coincido con Rus, se han cruzado nuestros mensajes de coincidencia
21/07/2006 12:45
coincido con Iam, se han cruzado nuestros mensajes
perfil Iam
21/07/2006 12:44
Intentare responderle lo mas resumidamente posible dentro de mi modesto conocimiento y tal y como yo lo entiendo.
Usted ante un tema que quiera promover o que lo hayan promovido contra usted puede o bien contratar los servicios de un abogado (particular por decirlo de alguna manera) con el pago de la correspondiente minuta o bien acudir al colegio de abogados de su ciudad y que alli (bien pq usted no conozca ninguno o por lo que sea) pedir que le designen uno de oficio.Aqui es donde yo entiendo que esta la diferencia:Una vez designado dicho abogado (que seria de oficio) o bien simultaneamente usted puede solicitar el beneficio de la justicia gratuita por sus escasos ingresos.Acreditando documentalmente dicha solicitud.Si le conceden el beneficio de la justicia gratuita usted no tendra que asumir los costes.Si no tiene derecho a la misma entiendo que si.
Salvo mejor opinion de los foreros.Saludos
21/07/2006 12:44
completamente de acuerdo con Rus.

si quieres te lo explico en la práctica:

- Turno de oficio: si no conoces a ningún abogado, vas al colegio de abogados y pides un abogado del turno de oficio, o bien, si te detienen en el momento y el abogado que tienes no puede ir, o no conoces a ninguno, llaman al del turno de oficio.

- Asistencia jurídica gratuita (justicia gratuita): una vez que te han designado un abogado del turno de oficio, rellenas unos formularios y das tus datos económicos, y se estudia si tú deberás pagar el abogado o éste será malpagado por el estado. si no tienes una economía buena, el estado te da un abogado gratis (lo malpaga él), ya que todos tienen derecho a defensa.

- asistencia jurídica al detenido: supongo que te referirás a la asistencia que ha de tener una persona cuando la detienen; pues bien, todo detenido tiene derecho a que haya un abogado presente cuando le leen sus derechos (miranda warning) y también cuando realice su declaración.

saludos.
perfil Rus
21/07/2006 12:44
RESUMEN.-

- Asistencia jurídica gratuita: es un derecho que reconoce la constitución a quienes no tienen medios económicos suficientes para litigar.

- Turno de oficio: Cada Colegio tiene unas listas en las que los abogados se inscriben (varían los requisitos que se exigen para poder entrar).
Cuando la ley exige al particular que sea asistido por letrado, el particular puede designar a un abogado que conozca o bien solicitar uno de oficio.

Sea de confianza o del turno, hay que pagarle, a no ser que se haya obtenido el beneficio de asistencia jurídica gratuita.

Si tiene un rato, eche un vistazo a esta web:

http://secretariojudicial-banon.info/