Soy un trabajador con antiguedad en la empresa superior al año 1979,cuando empece a trabajar no existía modalidad alguna de contrato por lo que no tengo ninguno soy lo que se suele decir fijo de plantilla,bastantes años despues salieron leyes con las que se comenzaron a hacer contratos indefinidos a las personas que se incorporaban a la empresa.Ahora la empresa cierra por una deslocalizacion, mi pregunta es: ¿Existe alguna diferencia entre mi situacion de fijo de plantilla y los que tienen contratos indefinidos creados con la nueva ley en cuanto a los dias que establece la ley en estos momentos por indemnizacion en los despidos colectivos?
No te preocupes en tu a todo los efectos eres fijo/indefinido/o llamalo como quieras, te corresponderá lo mismo en principio 45 días por año.
Incluso aunque no tengas el contrato eres indefinido.
Entonces porque razon me dicen los representantes sindicales que los sindicatos nos cobraran el 6 % de tarifa a partir de 20 dias que es lo que nos corresponde cuando presenten un ERE por despido que ellos consideran colectivo
Hola lolo, la diferencia entre contrato fijo e indefinido a efectos de despido no existe
Cuando la empresa quiere, por causas que aqui no entraremos a valorar, reducir la plantilla o cerrar una planta, aplica un ERE que primero negocian con los representantes de los trabajadores y sino hay acuerdo solicitan ante la autoridad laboral,
En principio la indemnizacion legal para este tipo de despidos es de 20 dias por año, con un maximo de 12 mensualidades
Y aqui entra la habilidad negociadora de las partes, y la presion dela administracion para intentar como minimo que los trabajadores se vayan con una indemnizacion superior a la legalmente establecida
Con respecto a la tarifa que comentas, es lo que suelen cobrar por la negociacion de los despidos, ahora bien, si estas afiliado a un sindicato y con cierta antiguedad, deberias consultar los estatutos, ya que podiria no corresponderte este descuento en la indemnizacion que sino lo reclamas seguro te aplicaran