Para Sentencia dictada por un TSJ sobre un cambio en plaza de funcionario de carrera, y que contiene:
"con todos los derechos económicos y administrativos que procedan",
busco jurisprudencia o doctrina que avale mi tesis de que en este caso el efecto administrativo se refiere a todo lo relacionado con el cambio de plaza (incluido el cambio de salario y de destino) y el efecto económico se refiere a todo lo económico no relacionado directamente con el cambio de plaza (p. ej. costes de transporte o de doble residencia).