Me surge una duda sobre dejar mediante testamento a mi pareja (sin estar casados, solo somos pareja de hecho) el usufructo de mis bienes o dejarla el tercio de libre disposición.
A ver si alguien me la puede resolver, si dejo el usufructo de mis bienes a mi pareja, pongamos por ejemplo dinero en metálico y dos pisos de mi propiedad , cuando mi único hijo sea mayor de edad, si quiere disponer de su parte del dinero en metálico y vender por ejemplo un piso (pongamos el que no vive mi pareja) ¿no podría hacerlo si ella no quiere? ¿tendría que esperar a que fallezca mi pareja para poder disfrutar de ese piso o de poder venderlo o alquilarlo para beneficiarse economicamente de él?
Por otro lado y si en vez del usufructo, la dejo el tercio de libre disposición de todos mis bienes, siendo mis bienes dinero en metálico y dos pisos de mi propiedad , cuando mi hijo sea mayor de edad ¿podría vender si quiere un piso aunque ella no quiera? lógicamente repartiendo el dinero con ella, dándole el tercio del dinero que le corresponderia de la venta del piso, o por el contrario , si también se opone mi pareja a su venta al tener un tercio del piso, ¿tampoco podría venderlo ni alquilarlo hasta que fallezca mi pareja?
Su pareja computa a efectos de herencia como un tercero, pues la pareja de hecho no tiene reconocimiento sucesorio especial. No hay, por tanto, una porción forzosa de herencia, por lo que siempre que trate el asunto ha de referirse necesariamente al tercio de libre disposición. Sobre este tercio usted puede hacer lo que quiera: entregarlo en usufructo, en propiedad o en el llamado fideicomiso (es decir, que cuando muera el beneficiario necesariamente ha de revertir la masa hereditaria recibida por usted en otra persona, singularmente su hijo). A su vez, el usufructo lo puede constituir con las condiciones que quiera: vitalicio, por un tiempo, sujeto a la condición de que no se venda (o de que se venda llegada determinada fecha o si su hijo quiere) y, en fin, dispone de mecanismos flexibles con respecto a su herencia. Pero no puede extender un usufructo a más del tercio de libre disposición, a no ser que en el testamento se contenga una cláusula que si su hijo acepta ese usufructo, recibirá el 100% de la herencia cuando muera su pareja.
Gracias por la respuesta aunque no me queda del todo clara la duda , le comento, a ver si es como creo que es… si dejo el tercio de libre disposición en propiedad de todos mis bienes a mi pareja, llegada la mayoría de edad de mi hijo que tendrá dos tercios de cada piso y mi pareja un tercio de cada piso , si alguno de ellos quiere vender un piso, podrá hacerlo, ya que aunque se oponga alguno de ellos al final acabaría vendiéndose con más o menos problemas hasta ponerse de acuerdo o incluso malvendiendose en subasta ya que no dejan de ser dos propietarios de un piso sin más … pero si dejo el tercio en usufructo (sin condiciones) de todos mis bienes a mi pareja y en un futuro mi hijo quiere vender un piso y ella se opone, no se podría vender de ninguna manera hasta que ella muera.
¿Es asi?
Mi pretensión es que si muero antes de lo previsto que seguro que no, dejar parte a mi pareja y parte a mi hijo de todos mis bienes y que al menos si quieren hacer unilateralmente algo tengan que contar el uno con el otro, pero tampoco atar a mi hijo a no poder disfrutar del beneficio económico que puede obtener si en un futuro se lleva mal con su madre o viceversa , que espero que no sea asi ,pero la vida es muy larga…
Entonces simplemente saber si dejando el tercio de disposición en propiedad a mi pareja, un bien como puede ser un piso, se podria acabar vendiendo aunque uno se oponga (porque imagino que si se deja en usufructo no se podria vender si mi pareja no quiere)
No exactamente: la herencia se la asignarán ellos como ellos decidan, a no ser que lo hagas tú en testamento dejando cada bien a cada uno. No son 2/3 de cada propiedad para uno y 1/3 de cada propiedad para el otro. Son 2/3 del conjunto de la masa hereditaria, compuesto por los bienes que sea que supongan 2/3 en valor, y el otro el resto que suponga 1/3 en valor. Por otro lado si está en usufructo sí podrá vender también la vivienda o lo que sea que tenga, aunque el usufructuario no quiera, pero solo se vendería la nuda propiedad, manteniendo el derecho de usufructo del que gozaría tu pareja. El precio de venta sería mucho menor, por supuesto, si es que encuentra comprador, pero como poderse, sí se puede vender.
Si es su deseo, siempre podrá dejarle el usufructo del piso en el que viven a su actual pareja, así podrá vivir siempre en el, y una parte del dinero si quiere, y el resto a su hijo, y parece ser, único heredero legal. De esta manera su pareja tendrá donde vivir y un capital para rehacer su vida, y su hijo tendrá el otro piso en pleno dominio, y la nuda propiedad del otro, con lo que al fallecer su pareja, se quedaría con los dos.
Aparte, es posible que sea mucho más "barato" para su actual pareja heredar el usufructo de un piso que de toda la masa hereditaria, lo tendría que preguntar, pues al no ser herederos forzosos la "mordida" de hacienda puede ser interesante.
Siempre puede ir a una notaría a que le ayuden a enfocar el tema de la mejor manera posible.