Hola, soy trabajadora por cuenta ajena y necesito q alguien me asesore: En mi contrato (indefinido)se indica que tengo derecho a 30 dias naturales de vacaciones, pero la costumbre de la empresa es q se computan ambos, es decir, cuando solicitas algun dia de vacaciones, te cuentan tanto los dias naturales como los laborables, entonces a fin de computo total, se tienen en cuenta los que primero se te terminen( 20 LABORABLES Y/O 30 NATURALES). ¿ES ESTO LEGAL? SI EN EL CONTRATO DE ESPECIFICAN DIAS NATURALES ¿PUEDE LA EMPRESA COMPUTARTE LAS VACACIONES EN DIAS LABORABLES?
A ver, creo que hay una confusión, los dias laborables (hábiles) son también naturales. lo que ocurre es que hay dias naturales que no son laborables, es decir, los naturales son todos los dias, sean hábiles o festivos.
Si te corresponden 30 dias naturales y te dan la equivalencia en hábiles, como mínimo serían 22 dias hábiles, no 20 (deberías mirar el convenio, a veces son 23 o incluso más).
En el cómputo, si te los cuentan como naturales (30) contarán desde el día que empiezas las vacaciones (es decir, el primer dia que teóricamente sería hábil para ti, pero que ya no vas porque estás de vacaciones) hasta el dia antes de tu reincorporación inclusive (aunque sea festivo para t)i, contándose todos los del medio, ya sean laborables o festivos.
Si te los cuentan como hábiles (mínimo 22) sólo contaran los dias teóricamente laborables para ti y durante los cuales has disfrutado de vacaciones y por tanto has dejado de ir al trabajo (los festivos no cuentan).