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Días laborables en periodo de prueba a tiempo parcial

4 Comentarios
 
Días laborables en periodo de prueba a tiempo parcial
21/04/2023 13:12
Trabajaba a jornada parcial, comenzando el día 25/02. En el contrato pone que el periodo de prueba son 20 dias laborables. El día 15/04 me han notificado que "no lo he superado" (tenían que prescindir del último porque hay mucho menos trabajao del que se esperaba).

Mi pregunta es: los días laborables en mi caso son cada día que he trabajado(eran dos días por semana) o se contabilizan de lunes a viernes, y por tanto el periodo acabó en marzo?

Gracias de antemano.
21/04/2023 13:27
Es que si son solo los días que usted trabaja (2 semanales) su periodo de prueba se alarga a 3 meses como poco, amén de que no nos dice usted en qué trabaja? Porque el cto puede decir misa, quien fija los días del periodo de prueba es el convenio colectivo, no nos dice usted cual es su categoría, cual es la actividad de la empresa ni cual es el convenio, como norma general en personal operario ,(normalmente personal de baja cualificación) el periodo de prueba son 15 días naturales así que estoy seguro de que su periodo ya ha terminado, no obstante ha trabajado usted 2,5 meses más o menos, por lo que de indemnización por despido improcedente le corresponderían 6,85 días de salario, redondeando 7 días, con esto quiero decir que el superar el periodo de prueba no significa que no le puedan echar, sino que tiene echo a indemnización solo que al ser solo ese tiempo tampoco estanto.
smo
21/04/2023 13:55
Jamgrrhh28
Convenio colectivo de hostelería. Mozo de equipaje.

Entonces cuentan los 20 días laborables como si trabajara a jornada completa? me han dicho que se puede reclamar el importe íntegro de los meses restantes de contrato (eran 4 meses) por despido improcedente.
21/04/2023 17:12
Le han dicho muy mal, usted cobrará 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades por despido improcedente, así pues, como le he dicho como solo estuvo trabajando 2,5 meses le corresponde de indemnización 6,85 días más las vacaciones generadas en esos 2,5 meses, es decir a razón de 2,5 días por mes trabajado serían 5 días por 2 meses y 1,25 por ese medio mes, total 6,25 más 6, 85 =13,10 días de salario e indemnización.
Aunque el CTO sea de 6 meses usted la indemnización a percibir es por el tiempo realmente trabajado.
smo
21/04/2023 17:18
Una cosa más que se me olvidaba, su cto es parcial, (suponiendo que sean a 8 h/día serian 16 h semanales, un CTO al 100 % serían 40 h sem)
Por lo que su jornada parcial es de (40 g/sem ----- 100 %, 16 h/sem ---- X % , donde X= (16 x 100)/40 = 40 % por lo que la indemnización serían esos mismos días pero al 40 % del salario.