Tengo entendido que las empresas que quieran acogerse a la posibilidad de solicitar la devolcuión de IVA mensual tendrán que que darse de alta en un régimen especial. Una vez dados de alta en este régimen presentar todos los meses el modelo 303 y el 340. Mis dudas son varias
1º.- ¿qué plazo tengo para darme de alta en dicho plazo?
2ª.- ¿Si me doy de alta en dicho regimen estoy obligado a pagar mensualmente en los meses que el IVA salga a pagar? ¿Y a presentar todos los meses los modelos 303 y 340 aunque salga a pagar?
3º.- ¿Si no me doy de alta sigo como hasta ahora es decir presentando el 300 trimestralmente a pagar o a compensar, si obligación de presentar el 340, pudiendo sólo solicitar la devolución a final de año?
Gracias de antemano a los que puedan iluminar en este nuevo tema, no quisiera meter la pata por precipitación