Hay que declarar el trimestre o parte de él, es decir, si la baja ha sido después del 30 de septiembre, ya hay que declarar el cuarto trimestre, normalmente IVA e IRPF, modelos 303 y 111..
Las declaraciones anuales, 390 y 190 también, de todo el año.
Y no se olvide del Impuesto de Sociedades, despues de los 6 meses de la fecha de baja.
Aunque la baja sea en noviembre se presenta y se puede pedir la devolución si es a devolver, es así?
Es decir que no para poder presentarlo solicitar la devolución tiene que estar de alta hasta el 31 de diciembre es así?
Gracias por su respuesta
Una SLU dada de baja en hacienda en noviembre quedando el resultado del iva a devolver puede pedir su devolucion depues del 4º trimestre del año o ya por estar de baja desde noviembre no puede?