Una SLU dada de baja en hacienda en noviembre quedando el resultado del iva a devolver puede pedir su devolucion depues del 4º trimestre del año o ya por estar de baja desde noviembre no puede?
Aunque la baja sea en noviembre se presenta y se puede pedir la devolución si es a devolver, es así?
Es decir que no para poder presentarlo solicitar la devolución tiene que estar de alta hasta el 31 de diciembre es así?
Gracias por su respuesta
Hay que declarar el trimestre o parte de él, es decir, si la baja ha sido después del 30 de septiembre, ya hay que declarar el cuarto trimestre, normalmente IVA e IRPF, modelos 303 y 111..
Las declaraciones anuales, 390 y 190 también, de todo el año.
Y no se olvide del Impuesto de Sociedades, despues de los 6 meses de la fecha de baja.