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Devolucion de fianza

1 Comentarios
 
13/05/2004 12:00
La fianza se constituye para cubrir los daños en el piso de los que sea responsable el inquilino. Si no hay daños, o habiéndolos en inquilino no es responsable de los mismos, el arrendador esta obligado a devolver la fianza. De todas formas, es conveniente ver que se ha estipulado en el contrato respecto a los desperfectos a los que tendrá que hacer frente el arrendatario (hay ctos de arrendamiento en los que se estipula que el arrendatario hara frente a cualquier desperfecto). En su caso concreto, si la arrendataria alega que ha utilizado la fianza para reparar los daños ocasionados y además le exige una cantidad adicional, debe probar el gasto realizado a través de las correspondientes facturas. Si el arrendador no acredita la realidad de los desperfectos, ni la responsabilidad del arrendatario de los mismos, debe devolver el importe de la fianza, estando el arrendatario facultado para reclamarsela.
Devolucion de fianza
12/05/2004 13:46
Hola. Mi ex casera me ha dicho que la fianza que le di al alquilar el piso la ha empleado en hacer limpieza, en arreglar la lavadora y el sofa y en arreglar un enchufe y que ademas le debo 160euros. Queria saber si legalmente debo pagarle ese dinero o si bien la excasera está aprovechandose de que tiene el dinero y quiere que le pague cosas que no deberia pagarle.

Gracias!