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Devolución de efectivo

1 Comentarios
 
perfil Rus
27/04/2007 12:08
Ley 23/2003, de garantías.

- los comercios no están obligados a devolver el dinero ni a dar un vale, a no ser que ellos mismos lo decidan y anuncien mediante carteles expuestos en el local. Es decir, que el "no se admiten cambios", es legal.

- Como no están obligados a cambiar la prenda ni devolver el dinero en efectivo o vale, no hay plazo legal, será, en su caso, el que ellos decidan.

- Cosa distinta es la obligación de responder por la falta de conformidad de un bien. Ahí entra la ley de garantías. Si la rotura de los zapatos que ha comprado no se ha debido a un mal uso (para eso están los peritos de la empresa), el establecimiento puede optar entre la reparación o la sustitución del bien. De no ser posible ésto, se procederá a la resolución del contrato o la rebaja de precio.
Devolución de efectivo
perfil Tur
27/04/2007 00:01
Hola a tod@s,

Me gustaría saber si los comercios están obligados a devolver el efectivo de una prenda o están en su derecho de hacer un vale.
Por otra parte, cuál es el tiempo legal para los cambios? (en este comercio son 3 días)
Y por otra, me he comprado unos zapatos y el mismo día que los compré se rompieron (60 euros), ¿puedo devolverlos?
´Gracias por responder

Un saludo