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Deudas con hacienda

8 Comentarios
 
Deudas con hacienda
01/10/2018 17:52
Buenas, vengo con dudas respecto de las deudas con la Ag. Tributaria. Mi caso es el siguiente:
Soy estudiante y empecé el primer año de universidad habiéndome concedido la Ag.Tributaria una beca de unos 4.000€. Desgraciadamente no cumplí con los créditos aprobados necesarios para tener el derecho a esa beca, con lo que me obligan a devolverla. Sobra decir que no tengo ingresos suficientes como para hacerme cargo de una deuda de ese calibre. Mi nivel de vida es bastante precario ya que trabajo y estudio (y me mantengo sola) pagándome un piso en Valencia, los gastos de comida agua, luz y estudios con un salario de 600€. Por supuesto, y por desgracia, debo descartar la idea de pedir cualquier tipo de ayudas diferentes, tanto por el estudio como por cualquier otra razón, pero me gustaría saber cuándo prescribe esta deuda, puesto que se ha incrementado un total de 1.000€ desde que la adquirí por el hecho de no haberla pagado. Quería saber si seguirá subiendo siempre por el impago, y si por el hecho de que me lo notifiquen quiere decir que no prescribirá nunca. A día de hoy la última noticia que tuve fue la de que ésta deuda había aumentado unos 1.000€, fui a hacienda a hablar de mi situación y pedir que me dejaran pagarlo a plazos, pero se me denegó la opción. A día de hoy no puedo ser capaz de asumir esta deuda ni aunque fuera a plazos. Mi economía no me lo permite. ¿Cómo podría resolver este problema? ¿Cuándo prescribe mi deuda? ¿En algún momento volveré a tener derecho a cualquier tipo de ayuda económica por parte del estado ya que, a pesar de esto, continúo con mis estudios (y que, a mis 21 años, aún me quedan un par de años por delante), o una vez eres deudora pierdes el derecho? Gracias de antemano. Un cordial saludo.
02/10/2018 19:20
Lau_ov
Dadas tus circunstancias, lo mejor es que te olvides de la deuda. Si transcurren 4 años sin notificación ninguna, estará prescrita.
04/10/2018 19:16
Juan S
En vía ejecutiva no se aplica la prescripción; si hay diligencia de embargo la deuda no prescribe.
04/10/2018 22:52
Trampolino
¿Tienen derecho a embargarme? No tengo nada a mi nombre y mi único ingreso es ese. Si me embargan cualquier parte del salario por muy proporcional que sea no me dará para vivir, ¿eso es legal? Jaja. Gracias por la respuesta. Un saludo.
04/10/2018 22:53
Juan S
Pero, ¿y qué pasa si me notifican cada vez el incremento de la deuda por el impago? ¿No prescribirá nunca? Gracias por la respuesta. Un saludo.
04/10/2018 22:54
Trampolino
En vía ejecutiva no hay caducidad, pero hay prescripción: cuatro años de inactividad por parte de la Administración.
04/10/2018 22:56
Lau_ov
No lo harán porque sólo hay un incremento que ya sea producido, después sólo suben los intereses y esos no te los notifican porque se calculan una vez que hayas pagado.
04/10/2018 22:59
Lau_ov
Pues eso, si no hay embargo, a los 4 años sin notificaciones prescribe la deuda.
05/10/2018 18:43
Lau_ov
Recurra, cuando se la notifiquen, la providencia de apremio o la posterior de embargo. Alege todo lo que ha contado en su post; puede que tenga suerte.