La clave la tiene en la frase "sin perjuicio de su posterior liquidación". Esos 374,72 euros en intereses y costas son una estimación provisional de esos conceptos. Una vez que el demandante ha recibido el principal procede a hacer la liquidación definitiva que, en muchas ocasiones, es superior a la que se estimó en su momento y que está limitada a un 30% del principal.
Buenos días !! Necesito ayuda !! Resulta que yo tenía una deuda de 1249.75€ y me llegó una carta del juzgado en enero que decía, juicio monitorio por el importe de 1.249,74€ en concepto de principal , más 374,72€ que por ahora y sin perjuicio de su posterior liquidación se calcula para intereses y costas de la presente ejecución . Bueno en resumen , resulta que esta carta me llego en enero y yo pague el importe por la suma de las dos cantidades en la cuenta de el juzgado que me viene en el auto ,y ahora en abril me embargaron 104€ de mi cuenta habiendo pagado la suma de las dos cantidades . Alguien me puede explicar por qué me embargan si ya pague en enero ?????