Deje de pagar un préstamo personal en 2009, por lo cual el 23/04/10 Ejecución de títulos no judiciales, reclamándome 8587,13€ de principal más 2576,14€ de intereses y costas, de no pagar en el acto se declaran embargados mis bienes y derechos hasta cubrir cuantía.
2011 me embargaron la nómina quitándome un total de 2429,23 €.
La deuda pendiente en el juzgado es de 6157,20€ de principal, 2576,14 en costas, más xx intereses legales.
14/07/14 cedieron los derechos mediante contrato compraventa a IDR FINANCE II y firme un acuse de recibo (notificación cesión de crédito)
Fui al juzgado y sobre el mismo procedimiento Interpuse un recurso haciendo referencia a artículo 1535 del código civil, el cual no sirvió de nada. Y ahí quedo todo.
Hace unos dias recibo llamada de Dpto. Atención al Cliente de Link Finanzas en la que me hace una quita si pago antes de fin de año la deuda que mantengo con IDR FINANCE II.
Pero nunca antes se habían puesto en contacto conmigo.
Que me aconsejáis?
Si pagase a ellos, que no puedo, en la cuenta que me dan para hacer el ingreso que es de link finanzas.
¿que pasaria con el juzgado?