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Deuda fallecida divorciada con hijo a punto de cumplir 18 años

5 Comentarios
 
Deuda fallecida divorciada con hijo a punto de cumplir 18 años
10/03/2023 16:05
Hola, mi exmujer murió con una deuda a la seguridad social de 7.500 euros. Yo estoy divorciado y sufro un repudio por parte de mi hijo y de su familia materna. Me acaba de llegar un aviso de notificación de la seguridad social y estoy seguro que es por la deuda de mi exmujer, pues ahora soy responsable de mi hijo hasta su mayoría de edad. Yo no tendría ningún problema de hacerme cargo de ella para no perjudicar a mi hijo, pero no tengo ninguna comunicación con el y quería saber cual es mi responsabilidad en esta situación, si recojo la carta o no, (pues quedan 4 meses para su mayoría de edad), si la recojo que tengo que hacer con esa deuda, si soy responsable de ella. Gracias.
10/03/2023 17:50
No dice usted si ha aceptado la herencia de su señora, si ella dejó testamento, o no hizo nada ni a nombre propio ni de su hijo. En ese caso, es decir, que su mujer no dejase nada, vaya a notaría y renuncie a la herencia. El Estado siempre intenta colar esas deudas como gananciales, pero la sociedad se disolvió con la muerte y se creó en ese instante el capítulo hereditario. Cuando su hijo sea mayor de edad, podrá también renunciar a la herencia y quedar libre de la deuda. Pero si la aceptan, también aceptan la deuda.
10/03/2023 21:47
Grisolía
Gracias por la respuesta, yo estoy divorciado de ella desde 2012, no dejó testamento, y no tengo contacto con mi hijo porque el no quiere, y no se lo que va a hacer, tengo pensado avisarlo mediante burofax que me llegó esta notificación de la Seguridad Social, pues creo que soy responsable de él en estos momentos hasta su mayoría de edad que será en breve.
11/03/2023 09:31
jose0816
Tiene usted que recoger la notificación, y firmar el acuse de recibo. Jamás es buena idea eludir las notificaciones, porque a la Administración le da igual que las recoja o no: seguirán con el procedimiento habiendo renunciado usted a su derecho a la defensa. Vaya por tanto, recoja lo que sea y ya aportará lo que proceda (sentencia de divorcio) como respuesta. En cuanto a su hijo, la Administración estará muy vigilante por si hay una aceptación tácita de la herencia, por lo que, si su exesposa no dejó masa hereditaria tras su muerte, se le reitera la conveniencia de ir al notario a renunciar a la herencia. En todo caso, en breve serán a él a quien giren directamente las comunicaciones.
11/03/2023 13:06
Grisolía
Gracias por su respuesta, le haría una última, que es si él puede a pesar de ser menor de edad (tiene 17 años y 8 meses) hacer el trámite de renunciar a la herencia en el notario sin mi consentimiento. Pues como ya dije él no quiere tener relación conmigo. GRACIAS.
13/03/2023 10:50
Por recoger la carta ni aceptas la herencia, ni te haces responsable de nada, simplemente se te dará por notificado, de algo que de momento no sabes ni qué es.
El menor puede renunciar si tiene más de 16 años y lo hace en escritura pública.