Según la L.E.Cr. no se podrá detener por simples faltas, a no ser que el presunto reo no tuviese domicilio conocido ni diese fianza bastante.
Mi duda es si es posible detener a un extranjero por falta si el mismo carece de domicilio en España y no da fianza. Por otra parte si ese extranjero es comunitario y facilita su domicilio de por Ej. Alemania, podría ser detenido?. ¿Y en el caso de que el extranjero no fuera comunitario y facilitara un domicilio en su país de origen (en muchos pasaportes no figura), y no hubiera modo de comprobarlo?. Sería suficiente para detenernos en dichos casos y ponerlos a disposición judicial en dichos casos.
Puesto que en el caso de un español que se encuentra de vacaciones en otra localidad, entiendo que si facilita su domicilio de origen ya no podría ser detenido.
Pues te suena de ese tema que duró tanto y que tú tenías que responder hace varias semanas, porque en ese momento sólamente habías podido leer los mensajes, pero te reclamaban en otro lugar ¿recuerdas?
Si, DP te va a responder como hizo JMP con lo del AS que tenía en la manga, en el tema de la entrevista previa con el abogado.
Ya llevamos seis o siete meses esperando que aparezca el famoso AS.
Y ya que pecan de lo mismo y se lamen mutuamente sus heridas ¿a nadie se le ha ocurrido JMP=DP?
LLevo pocos días en este Foro, participando dentro de mis amplias y escandalosas limitaciones, (aunque, para vuestra tranquilidad, que sepais que me llevo el Cerezo Mir a la playita, pa seguir cimentando mi saber) y observo mucha crispación.
Que es verano, por favooor, una época maravillosa del año: sombrillas de colores, chanclitas, pareos, el aftersun...
Podríamos, entre todos, hacer un foro donde los participantes se traten con respeto.
Aisss, es que, al final ¿sabéis que pasará? que os acabaréis yendo todos, hartos de ataques, y sólo quedarán esos que sólo entran de vez en cuando a incordiar y yo, que tengo mucha paciencia y pocos conocimientos. Y adiós foro.
Me gustaría que todos reflexionásemos sobre ello. Yo, al menos, cuando termine con el Tema 2, lo haré.
Y, aunque no tenga que ver con esto y sólo sea una apreciación personal, sí deciros que estais un poquito equivocados con DP, porque a mí me parece encantador. Y espero seguir aprendiendo de él aquí, así como de vosotros.
Bueno, espero no haber molestado a nadie, no era mi intención. ¿ok?
Hola :), cuando yo entré en el foro por primera vez lo hice como tú, con intención de participar, dentro de mis, también, muchísimas limitaciones, entre otras cosas porque no soy, ni siquiera, estudiante de derecho; soy consciente que en algunos temas me puedo equivocar, cuando doy opiniones normalmente indico, de una u otra forma, que no soy abogado; sufrí varios ataques PERSONALES por parte, en especial, de un forista, ese que te parece encantador.
Yo no dudo de los conocimientos de los demás, unos saben más, otros menos y no por eso pienso que haya que perder las formas y el respeto a los demás; durante un tiempo obvié esos ataques hacia mí y hacia mi profesión, ataques hacia la profesión de forma obsesiva, por lo cual, al final, y teniendo en cuenta que yo, de santo tengo poco y de Job nada, pues seguí la misma línea de ese/os foristas, y ya se sabe... quien siembra vientos recoge tempestades.
Espero que, ahora, entiendas mi posición y que, no lo dudes, no tengo inconveniente en cambiar si veo que esos determinados foristas hacen lo mismo.
Saludos.
Amigo sonrisas (no sé ponerle letras a ese signo que tan refrescantemente se ha puesto), tal y como acabo de escribir en otro mensaje, comienzo a estar un poco cansado de ser el fetiche de ciertos elementos.
Eso de los "ataques hacia la profesión" es realmente ilustrativo, mucho. A mí se me achaca que ataco a "todo" el colectivo, pero luego resulta que hay quién se arroga la representación de "toda" una profesión.
Y por cierto, amigo sonrisas, vaya apuntando las palabras soeces, menosprecios, desprecios, pérdida de formas, etc. que vaya viendo. De momento, creo, que ya ha visto algunas cuantas.
Saludos y, sí, el verano es bonito (palabra horrorosa)
Pues si... esto me suena que ya anduvo por aquí hace su tiempillo.
Como estoy un poco gandul hoy, me remitiré a copiar-pegar lo mismo que puse la otra vez:
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El tema este de "sin domicilio conocido y no de fianza bastante"... según tengo entendido, es una "coletilla" que se ha introducido en la Lecrim para tener en cuenta a indigentes y gente que no colabora en su identificación.
Aparte, que se tienen que dar los dos puntos SIEMPRE.
Desde mi punto de vista, si un extranjero dice que tiene tal domicilio en Alaska y puede demostrarlo de alguna manera (o puedo yo averiguarlo de alguna forma) para mí ese señor tiene domicilio conocido. Doy parte de él y fuera. Que después se le localiza o no, se presenta o no, paga o no... pues qué quieren que les diga... por feo que suene, ya no es asunto mío. No puedo resolverle la vida a todo el mundo. Hago mi trabajo lo mejor que puedo, y el resto ya depende de el resto de la maquinaria judicial.
En esta profesión (poli) cada cual tiene su "filosofía" de trabajo. Yo intento detener lo menos posible (a menos que se den todas las circustancias que me obliguen a ello). Yo soy un "filiador" nato. Recabo todos los datos posibles, los verifico y doy parte. El resto ya no es trabajo mío.