Hola. Si hay. Pero hay que apoyarse en el tribunal de cuentas.
Ademas puedes denunciarlo ante el tribunal de cuentas, es decir, primero obtienes la factura que el detective le emite a la mutua, el contrato de proteccion de datos que tiene la mutua con el detective para demostrar la continuidad, y se presenta en el tribunal de cuentas.
Hola restallon,quisiera saber si hay sentencias firmes en las que se haya podido echar para atras este tipo de pruebas presentadas por detectives privados en favor de mutuas laborales,gracias y un saludo.
Hola amigos!!! Como hemos dicho anteriormente, no existe capacidad normativa para que NADIE contrate detectives privados para seguir a trabajadores en el marco público. Que os parecería si la seguridad social contratase a uno u otro detective para seguir a ciudadanos??? Sería un escándalo y tendrían que dimitir hasta ministros. Pues las mutuas lo hacen, y no pueden. Y lo dice el tribunal de cuentas en el informe precitado.
Es más, el problema es que los abogados recurren dichos informes alegando intromisión a la intimidad. Craso error!!!!, ahí tienen la batalla ganada. Donde se gana frente a las mutuas??? Fácil.
La mutua presentará al detective como una prueba en el juicio. Si las pruebas son obtenidos por medios ilegales....se impugnan y no se pueden tener en cuenta no???, pues tan fácil como eso. Las mutuas no tienen capacidad presupuestaria para gastar el dinero en eso, pues debería estar aprobado en los presupuestos generales del estado. Y no puede aprobarse porque no existe capacidad normativa que avale tal gasto. Se aporta el informe del tribunal de cuentas en el acto de juicio, se impugna la prueba por ser obtenida por medios ilegales y fraudulentos ....y solucionado.
Cabría pues intervención de la fiscalía para que investigue dicho gasto de dinero sin capacidad.
Os aseguro que, cuando apareces con este planteamiento en la sala....se quedan todos muertos.
Posiblemente en primera instancia el juez de turno.....os la lie , pues no va a entender lo que pasa. Cuando te vas al tsj lo ganas seguro, pues realmente vas apoyado por el tribunal de cuentas.
Otra cosa es la protección de datos.
Al ser ilegal la contratación de los detectives, lo es la cesión de datos.
Estimados amigos!!!
No habeis encontrado nada mas respecto al presente hilo?? No sabemos si este silencio desde hace semanas es que habeis desistido, dais por buena nuestra tesis o seguis buscando.
Nosotros a raiz de los ultimos acontecimientos acaecidos, nos parece un buen momento para apoyar nuestra teoria, por lo que os rogamos maxima colaboracion.
Un saludo!!!
Haber si nos aclaramos.
1- no desmerecemos las opiniones de nadie, sino que para nosotros y a nuestros efectos no son validas pues no tienen apoyo legal documentado, y no puedo poner en una bibliografia:" opinion de estudiante de detective....fulanito".
2- creo que el informe del tribunal de cuentas es claro. He puesto el link. Y no solo habla de que se esta haciendo, sino de que ya se habia avisado en informes anteriores. Me imagino que no pondreis en duda tambien el informe del tribunal de cuentas que paso tramite en el senado no???
3- La sentencia que pones tambien la conociamos, y no sirve ni para mantener ni para desvirtuar la tesis, pues en ningun momento se impugna la prueba por haber sido ilicita la prueba, que es nuestra tesis.
4- que las mutuas siguen contratando detectives no es una novedad, pero no quiere decir que sea legal, exactamente igual que te puedo presentar un catalogo de 150 sentencias que anulan pruebas de detectives por ser contrarias a ley.
Aqui de lo que se habla es de si existe o no contratacion irregular que hace ilegal una prueba. Y te aseguro, que hay mutuas que no contratan detectives porque se lo han prohibido sus servicios juridicos ante la falta de presupuesto en los presupuestos generales del estado y falta de regulacion legal que sostenga la privatizacion del seguimiento a trabajadores que la ley unicamente confiere a la entidad gestora, el INSS.
Por ello, el que se sigan contratando detectives por parte de ALGUNAS mutuas, no lo hace legitimo, y los jueces tienen que admitir la prueba si ninguna de las partes impugna la prueba por obtencion ilicita de la misma.
Por ello, salvo que se nos presente DOCUMENTACION que claramente especifique que es legal la contratacion de detectives por parte de las mutuas, es decir, una modificacion de la LGSS o similar, la tesis seguira por los mismos derroteros en base a la documentacion aportada, que, hasta el momento, es irrefutable.
Saludos
restallon, en primer lugar, gracias por tus palabras sobre la profesionalidad de muchos detectives, pues como bien dices, en todos los ámbitos se cuecen habas.
En segundo lugar, con relación a la contratación de detectives por parte de las Mutuas, lo cierto es que siguen contratando detectives como siempre, eso si, bastantes menos casos, ya que tienen que autorizarlos desde sus centrales, cosa que anteriormente no ocurría, sino, que las propias delegaciones tenían competencia para ello.
En tercer lugar, comentar que no conocía el informe del tribunal de cuentas de 2009 sobre fiscalización en materia de contratación de las mutuas, pero como me interesa, y mucho, estoy utilizando mis fuentes para informarme de todo lo concerniente al tema y os informare sobre el asunto.
En cuarto y ultimo lugar, pedirte que, por favor no desmerezcamos las opiniones de nadie, aunque sean estudiantes, muchas personas se limitan a comentar de lo que ellas son testigos, así como yo te puedo decir que las mutuas siguen contratando detectives y que se sigue asistiendo a juicios, ademas, sentencias hay, como por ejemplo la que sigue, donde se demando a una MUTUA y una agencia de Detectives por intromisión ilegitima:
Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 22 Feb. 2007, rec. 512/2003
Ponente: Corbal Fernández, Jesús.
Nº de sentencia: 196/2007
Nº de recurso: 512/2003
Jurisdicción: CIVIL
LA LEY 4510/2007
DERECHO A LA PROPIA IMAGEN. Intromisión ilegítima. Inexistencia. Aparición de la imagen
del demandante, tomada cuando se hallaba en la vía pública, en un vídeo que, con fines
exclusivamente de prueba en un proceso judicial, fue realizado por detectives privados que
hacían el seguimiento a un tercero. Accesoriedad y accidentalidad de la aparición de la imagen
del actor en la grabación. Ausencia de desmerecimiento o desdoro para el afectado.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto contra
sentencia de la AP Sevilla que desestimó la demanda sobre intromisión
ilegítima en el derecho a la propia imagen del demandante.
No se si te puede servir de algo, pero espero que sí, seguiré buscando información y la publicare.
Gracias ameliorrhh, pero ya conociamos toda la documentacion, y para el presente hilo....no nos ayuda mucho. Lo aportado, y salvo error son sentencias favirables y/o contrarias a la actuacion de detectives es sus distintos ambitos,que, como en todos los ambitos de la vida, habra buenas y malas actuaciones, pero hemos de reseñar que hay muchisimos detectives que realizan su labor con total legalidad y profesionalidad, y no es nuestra mision acreditar o desacreditar esto.
El hilo versa unica y exclusivamente sobre la ilegalidad o no de la contratacion de detectives por las mutuas de accidentes de trabajo, y es en eso en lo que necesitamos ayuda.
Asitodo, por nuestra parte,os agradecemos los comentarios, pues, seguro que a alguien le serviran.
Un saludo
Interesante tema. A ver si podéis sacas algo de aquí http://www.elviro.es/pdf/3.pdf
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social,
Sentencia de 27 Jul. 2005, rec. 1531/2004
Ponente: Agustí Juliá, Jorge.
Nº de sentencia: 6540/2005
Nº de recurso: 1531/2004
Jurisdicción: SOCIAL
LA LEY 165627/2005
INCAPACIDAD TEMPORAL. SANCIÓN. Suspensión de la prestación durante un periodo de 3 meses. Beneficiario que desarrollado un trabajo por cuenta propia durante la incapacidad temporal estando de alta en autónomos como pintor. RECURSO DE SUPLICACION. Admisión de documento. Alta médica posterior al juicio y trascendente para el litigio. Inadmisión de informe de detective privado por vulnerar el derecho a la intimidad al ser tomadas las fotografías en local privado sin que conste permiso para ello. Modificación sustancial de la demanda respecto de la reclamación previa imputando hechos distintos.
Hola Mirta. Si, es para una tesis. Nos parece un tema muy desconocido y muy interesante.
El link del informe del tribunal de cuentas es el siguiente: http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=mutuas y detectives tribunal cuentas&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CDwQFjAA&url=http://www.tcu.es/uploads/I829.pdf&ei=xSARUcqXGenK0AXYl4GoCw&usg=AFQjCNHePcN_tC5QNveHLsCRySPOEJsonQ&bvm=bv.41867550,d.d2k
En el tema de los comerciales no hemos entredao aún, pues es otro apartado de la tesis, y en este momento estamos con el tema de la contratación de detectives, posiblemente porque es más polémico, y a la hora de los resultados puede ser impactante, pero es un tema que abordaremos en otro hilo.
Desconocemos si la gestión que realizan las mutuas es mejor ó peor que la pública, pues no es nuestro objeto en este momento, de lo que si estamos seguros es de que algo se está haciendo mal, y que es el seguimiento de personas si una base legal para ello, es más, con fondos públicos que no se pueden gastar en eso, y, más aún, violando la ley de protección de datos.
De hecho el descubrimiento de este tema, fue por una tontería, pero nos pareció lo suficientemente interesante para desarrollarlo. En principio parecía básico el que estábamos en un error: ¿Mutuas?¿detectives? tiene que ser legal, hasta que tuvimos una entrevista con un responsable de una Mutua para consultarle el tema, y fue categórico: "No puedo contratar detectives, y lo sé, y si sabes de alguna Mutua que lo haga dímelo, y la denuncio yo".
Luego hemos visto que sí hay gente en internet que denuncia que les siguen las Mutuas, pero es algo que no tenemos acceso a comprobar, pues en internet hay de todo, y preferimos seguir el hilo de la documentación.
Y he ahí cuando nos encontramos con el informe del tribunal de Cuentas, que además es reiterativo de otros anteriores. Con ello te vas a la ley.....y....sacas las conclusiones.
Es un silogismo fácil: si para contratar detectives tiene que existir presupuesto consignado en los presupuestos generales del estado, y no está consignado, la contratación de detectives por parte de las Mutuas es ilegal. y al ser dinero público...sería un presunta malversación.
¿¿demasiado facil no??? pues por eso recabamos las ayudas de foreros, que nos puedan aportar algo más, pues, si es como hemos descubierto.....mal asunto.
http://www.larioja.org/upload/documents/671645_AL_N_08-2007.Incompetencia_de_la_mutua.pdf
En este link te habla del criterio 51/2001 emitido por la subdirección general de ordenacion y asistencia jurídica.
Así que, como nos sigue pareciendo todo demasiado obvio, solicitamos ayuda de todos los foreros haber si llegamos a una posición sin dudas.
ESO SI, algo serío y apoyado en documentación, pues sino, para nuestra tesis no nos vale.
Saludos
hola, es muy interesante lo que estaís debantiendo. ¿es verdaderamente para una tesis?.
hago una aportación un poco marginal, no conozco el informe del Tribunal de Cuentas pero si se que al ser fondos públicos están sometidas a muchas limitaciones y por ejemplo, tampoco concibe el Ministerio que necesiten comerciales, es decir, todos aquellos trabajadores que antes hacían labor comercial, (lo que hacían sobre todo era visitas a las empresas y a las asesorías) ya no existen los han reconvertido o amortizado.
la cuestión está en que se ha ido pervirtiendo el sentido de las mutuas y hoy no tiene nada que ver con lo que eran en origen y es difícil digerir el paso del mundo privado al público, han pasado de funcionar como les daba la gana (y muchos agujeros, cazos y demás debía haber) a estar totalmente limitadas pero al mismo tiempo creo yo que el poder público les exige que hagan una gestión mejor, mas eficaz y más barata de la que la administración hubiese hecho.
procuraré investigar sobre el tema, me parece muy curioso.
saludos
Vamos por partes porque, entiendo que intenteis defender vuestro pan, pero no a costa de cualquier cosa.
Yo no hablo de cosas de se dicen por ahí, pues sino, tendria que haceros caso, lo cual, y salvo prueba documental en contra, no hare.
He dado datos concretos: informe de tribunal de cuentas del año 2009 sobre las irregularidades de contratacion de las mutuas;criterio interno de la seguridad social; ley de la seguridad social.....
El problema, a mi juicio, es que, aparte de que no os interesa la informacion que estoy dando por motivos obvios pues sois detectives, es que confundis el derecho del empresario al seguimiento laboral con el derecho de las mutuas a contratar detectives.
SALVO PRUEBA DOCUMENTAL EN CONTRARIO, las mutuas no pueden contratar detectives, pues no existe partida en los presupuestos generales del estado para ello. Ademas, y lo dice el tribunal de cuentas, no existe normativa que permita externalizar los servicios de seguimiento a trabajadores. Y ademas, la LGSS, establece que solo se podra iniciar un procedimiento sancionador con pruebas que los servicios de inspeccion de la gestora aporten, y hasta el momento, la gestora es la seguridad social.
Todo ello hace, que la tesis que estamos preparando, hable de las presuntas malversacion y/o contratacion irregular por parte de las mutuas.
Ademas, sobre las sentencias, le informo:
NO HEMOS ENCONTRADO sentencia alguna que avale que un informe de un detective presentado por una mutua sea legal. Me explico. Si alguien roba un documento, y lo utiliza como prueba en un juicio, esta prueba, al ser obtenida por medios ilegitimos, es ilegal. Pero, y aqui la matizacion importante, el juez solo sabra si es ilegal si una de las partes impugna la prueba por tal motivo, y si no se impugna la acepta. Con los informes de detectives presentados por mutuas, hasta ahora, asi ha pasado. Todo el mundo los daba por validos, sin darse cuenta de que son pruebas presuntamente ilicitas, pero que si no las impugnas, se tomaran por validas igual que cualquier otra prueba.
Dios os libre de que, siendo impugnada una prueba por una de las partes, siendo obtenida ilicitamente, no solo se inicien actuaciones contra la mutua y el detective por parte de la fiscalia por malversacion y contratacion ilegal, sino que como el impugnante ponga una denuncia en la agencia de proteccion de datos.....600.000 euritos al detective y otros tantos a la mutua.
Repito que, aceptamos pruebas a favor y en contra de nuestra tesis, pues ese es nuestro objetivo, hacer una tesis sobre algo que, a nuestro juicio, es desconocido pero muy importante. Sentimos abrir la caja de los truenos....pero eso si, agradeceriamos que lo que se diga no se base en comentarios de estudiantes de detectives, o de trabajadores, sino de normativas, o cualquier prueba tangible, pues nuestra tesis se basa en eso, pruebas tangibles.
Lo que si puedo comentar es que, las pruebas aportadas por detectives privados, que no por otro tipo de investigadores, tras ser contratados por mutuas, son legales, es mas, suelen ser las pruebas clave que hace que los jueces fallen a favor de estas.
Otra cuestión es que, cuando solicitan tus servicios, ya tienen muy claro que se esta cometiendo tal fraude, solo necesitan pruebas obtenidas legalmente por profesionales como son los Detectives Privados.
Cuando trabajas para una mutua, firmas un contrato de confidencialidad, aunque nuestra profesión ya nos exige tal confidencialidad, si no queremos perder la licencia y soportar multas astronómicas.
Sobre que es ilegal según la seguridad social, las leyes son las que son, no las que ellos digan, ademas, existe cantidad de jurisprudencia al respecto, te recomiendo que entres en CENDOJ (página del poder judicial) y busques sentencias sobre el asunto, es lo que te sacara de dudas, no lo que puedas leer por ahí.
Por si sirve de algo, dejo comentario de un trabajador en una mutua y estudiante de Detective Privado.
"Para empezar las empresas no "contratan" a las mutuas, si no que por ley deben tener cobertura frente a accidentes laborales para todos sus trabajadores. Esta cobertura puede ser realizada, si el empresario lo desea, por la seguridad social; evidentemente el servicio siempre es mas eficaz en las mutuas, que captan nuevas empresas bien a través de sus comerciales así como a través de las gestorías. En este caso las cuotas que el empresario paga por los trabajadores irían a la mutua en lugar de a la seguridad social, pero no paga nada más por ello. Las mutuas manejan dinero de la seguridad social, lo gestiona, y al final del año tiene que devolver los excedentes al banco de España. De hecho las auditorías, además de las internas, las realiza la Seguridad Social, y los presupuestos para las mismas las dictamina el Estado.
Existe un anexo de CONTINGENCIAS COMUNES que, si la empresa no lo contrata con la mutua, y un trabajador se da de baja POR UN ACCIDENTE NO LABORAL O UNA ENFERMEDAD COMÚN, la mutua no se encarga de hacer ningún seguimiento sobre la baja de dicho trabajador, sería únicamente por accidentes laborales: por lo tanto en ningún caso podría contratar a un detective para hacer un seguimiento frente a un posible fraude, siendo la empresa, en todo caso, quien podría hacerlo. Por otro lado, y aun en el caso de que estuviera de baja por ACCIDENTE LABORAL, la mutua no siempre accede a poner un detective, pese a que el empresario lo desee, puesto que muchas veces no es rentable, reservándose en muchas ocasiones a casos muy claros de fraude, por ejemplo, alguien a quien han "pillado" trabajando en varias ocasiones durante su baja.
Cada vez los jueces valoran más la aportación de los informes de los mismos, siendo a veces determinantes para, por ponerte un ejemplo, conceder una incapacidad permanente o no."
Segun lo que he podido recabar hasta el momento la contratacion de detectives por parte de las mutuas de accidentes de trabajo es ilegal, salvo que alguien me aporte algo en contrario. Me fundamento en lo siguiente:
1- informe del tribunal de cuentas de 2009 sobre fiscalizacion en materia de contratacion de las mutuas. Habla de la irreguralidad de dichas contrataciones.
2- Falta de asignacion presupuestaria en los presupuestos generales del estado para dicha contratacion, recordemos que las mutuas no son privadas, gestionan dinero publico que debe estar fiscalizado y aprobado previamente.
3- Por todo ello, la cesion de datos de caracter personal por parte de las mutuas a los detectives seria ilegal y constitutivo de infraccion muy grave con multas de 300.000 a 600.000 euros.
4- La legislacion laboral en materia de seguridad social establece que solo la administracion publica a traves de sus servicios de inspeccion quienes pueden iniciar un procedimiento sancionador contra un trabajador, y no puede privatizarse tal servicio(como tambien apoya el tribunal de cuentas)
5- Ademas existe un criterio interno publicado en internet de la seguridad social que, en este aspecto dice que "no podra iniciarse ningun expediente sancionador contra un trabajador teniendo como prueba un informe de detective encargado por parte de una mutua".
6- Una reflexion: si la seguridad social no puede contratar detectives y no puede privatizar el servicio de control de los trabajadores....por que podrian hacerlo las mutuas???
Por todo ello, y sin llegar a conclusiones finales pues seguimos recabando documentacion al respecto, la pregunta es:
Si el gasto de dinero publico sin estar presupuestado ni consignado y sin base legal para poder realizar la contratacion, siendo el dinero de las mutuas dinero publico....no seria una supuesta malversacion de fondos publicos??? Y una prueba obtenida por medios supuestamente ilicitos(malversacion y contratacion ilegal)...no hace la prueba ilegal e inutilizable???? Mas aun...la supuesta malversacion y contratacion ilegal no seria tambien por parte de los detectives a sabiendas de que es ilegal????
Todo ello sin, desmerecer la explicacion de detectives mosan, pero si le aclaro que el apartado laboral al que te refieres es al derecho del empresario al seguimiento laboral, no a la obtencion de pruebas privadas con fondos publicos y bajo unos supuestos delitos.
Por ello no!!!!, sigo sin tenerlo claro, salvo mejor criterio, sigo indagando para llegar a una conclusion
La ley 23/1992 de seguridad privada, establece en su articulo 19 lo que sigue:
1. Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
En el reglamento que lo desarrolla, Real Decreto 2364/1994, articulo 101 sobre funciones:
1. Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
2. A los efectos del presente artículo, se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
Hola davari. Se que el post tiene mucho tiempo, pero lograste la solución??? A mi me dicen lo mismo que a ti pero no encuentro ninguna disposición legal que así lo afirme. Si tienes la solución me gustaría que me la dijeras.
un saludo
Pues se me escapa si pueden o no pueden contratar a detectives, pero para poder perseguir posibles actuaciones fraudulentas, las empresas (y las Mutuas lo son, las vistan como las vistan) pueden poner todos los medios a su alcance.
Entre las obligaciones de las Mutuas está la de "gestion de las prestaciones derivadas de enfermedad comun" además de las propias de accidentes, por lo que deben de poner todos lso medios a su alcance para llevar uan buena gestión, y si con ello deben contratar a un inspector o a un detective (profesion oscura pero legal en España) pues adelante con ello.
Dale una lectura a art. 68.2 de la LGSS:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.t1.html#c7s4
Mira como esta compañia se anuncia:
http://www.saviadetectives.es/servicios/mutuas-y-aseguradoras/mutuas-de-accidentes-de-trabajo/