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detalles legales de E.R.E. y prestacion por desempelo.

1 Comentarios
 
Detalles legales de e.r.e. y prestacion por desempelo.
12/09/2012 01:32
Mi sobrino trabajaba en una constructora y en enero/2011 les hacen un E.R..E por un maximo de 3 meses.
Quedan vinculados a la empresa, pues esta pagua sus cotizaciones, ellos siguiendo la advertencia del funcionario del SERVEF, no solo se incsibieron en la bolsa, si no en cobros de prestaciones.

Ahora la empresa ha decidido liquidar por completo, siendo que ellos ahora se ven que ESE TRAMO DE 3 MESE SI LES CORTO LAS COTIZACIONES, AUNQUE LA EMP LAS PAGARA IGUAL, pues ahora les dicen que o bien pueden reanudar la prestacion inicial o pedir una nueva a cargo de los ultimos meses.
No entienden como les dijeron que solo eran 3 meses que esto es un todo en conjunto, tanto una como otras cotizaciones, y ahora no puede unir estas para realizar una peticieon de subsidio único¿¿¿¿????

Es lo que no entenedemios

Pasado el tiemo legal, son readmitidos trabajando durante15 mese
12/09/2012 10:36
Buenos dias,
Haber si puedo explicar mejor la pregunta.

En fecha 4/1/2011 se produce el E.R.E. temporal, de duración máxima de 3 meses, (hasta el 4/ 4/ 2011), pasado ese tiempo los trabajadores se reincorporan a su trabajo sin cambios.
Durante ese periodo (3 meses) se les concede la prestación por desempleo, tomando como base los dias cotizados hasta ese momento.

Pasados 15 meses de la reanudación del empleo la emp. decide extinguir por completo su relación laboral.

la pregunta es la siguiente;

si los trabajadores durante los 3 meses que estuvieron con E.R.E. temporal seguian vinculados a la emp. y esta pagaba las cotizaciones correspondientes, ¿por que se consideran periodos distintos y no son sumados los anteriores y posterios dias cotizados al E.R.E?

si se les concedió la prestación por los dias que tenían en el primer periodo, ¿ por que ahora les dicen que tienen que optar por esa prestación o decidir por la que se ha generado nueva, si durante los 3 meses estaban SUJETOS A LA EMP.?

¿por que no se les suman ambos periodos ya que se mantenian las cotizaciones por la misma emp.?

estas son las dudas en esencia, y dado que tienen un plazo mínimo de reclamación nos gustaria saber si hay lugar a ello y que documentación o articulos de LEY SE PODRÍAN APOYAR,
GRACIAS