Hola y gracias de antemano por las respuestas que pueda recibir.
Soy autónomo y propietario de una nave industrial situada en un polígono industrial en la C. de Madrid. Realizo mi actividad profesional en ella y ésta, me permite trabajar dos ó como mucho tres semanas al mes y el resto del tiempo ir a visitar a mi familia que reside fuera. Es por ello que me estoy planteando la posibilidad de alquilar mi piso y prepararme un pequeño apartamento en la planta superior ( 100 metros cuadrados donde ya hay una oficina y un generoso cuarto de baño ) de mi nave, y dejar la planta baja ( 300 metros cuadrados ) para mi activdad profesional. La nave es reciente ( 9 años ) y está en normativa para su uso. Mi pregunta es si es legal y factible lo que me estoy planteando.
Saludos.
habría que ver el planeamiento, en especial para la parcela en la que está esa nave.
Era bastante normal que en el uso industrial se incluyera la posibilidad de vivienda del vigilante, pero no es generalizable y menos en el caso de polígonos.
Para saber más desde aquí, convendría identificar la parcela, pero, sin ser tan precisos, quizá pudiera saberse algo si indica el ayuntamiento
Gracias por la respuesta.
La nave, para más información no está aislada en una parcela, es del tipo adosada, de tal forma que tengo "vecinos" en tres de las cuatro laterales de la nave. Por otro lado indicar que la nave está situada en el término de Valdemoro.
Doy por hecho que uno puede instalarse sin más y teniendo en cuenta que no sería una residencia permanente, quizás, con cierta discrección esta situación podría pasar inadvertida. Pero por si acaso y antes de tomar cualquier decisión, me gustaría saber si esa situación puede ser denunciada ante el Ayuntamiento y que consecuencias podría tener para mi.
Reitero mi agradecimiento.
Saludos.
sospecho que no vas a poder, y lo explico:
- es posible la viviernda del guarda en la ordenanza 6 grado 1 (gran industria), grado 2 (grandes almacenes), grado 4 (polígonos Albresa y Valmor), y grado 5 (polígonos Rompecubas y Carrehuelas)
- no es posible en ordenanza 6 grado 3 (pequeña industria) ... y sospecho que esa es la tuya
La cosa, en el fondo, es bastante lógica, porque los grandes establecimientos pueden requerir ese puesto más de conserje que de guarda (la seguridad, incluso si es 24h, puede ser externa, no residente), y ser deseable que viva allí como forma de maximizar las posibilidades de localizarlo ante un imprevisto fuera de la jornada ordinaria, aunque todo eso está cambiando con las nuevas formas de comunicación y las nuevas empresas de servicios 24h. Vivir allí sería se pagaría no solo con una mayor disponibilidad, sino con estar en un ambiente incómodo, alejado de todo tipo de espacios de relación residencial, tal como parques, áreas de juego, colegios, tiendas, escuelas, servicios sanitarios, transporte urbano, etc ... aunque eso también está cambiando día a día
Independientemente de esa lógica, cada cual sabe su vida, sus posibilidades y sus preferencias ... y sin duda decide tras hacer su propia y fundada valoración