La modificación de la pensión sólo procede en caso de cambio sustancial de las circunstancias.
Que yo sepa, sólo hay un caso en el que una jueza ha considerado que la nueva pareja del padre debe contribuir a la pensión, pero supongo que habrán recurrido y la Audiencia revocará esa barbaridad, así que en principio, no debe preocuparse.
Sus herederas son sus hijas, no su mujer. Si hace testamento, puede hacer con sus bienes lo que le parezca, pero respetando la legítima estricta de sus hijas, que a falta de nietos, será de 2/3 de la herencia. Si quiere garantizar que el piso se lo quede su segunda esposa, puede dejarle a ella el tercio de libre disposición y el usufructo vitalicio de la vivienda.
Soy un hombe que esta divorciado legalmente. Cada mes paso una pension a mis hijas, mi ex ha intentado una vez subir el importe de la pension sin conseguirlo. Espero caserme dentro de poco y mi pregunta es si mi ex puede reclamar mas dinero de pension para mis hijas, al vivir yo con otra personay compartir los gastos. Tambien queria saber que pasara con mi piso que solo esta a mi nombre, en el caso que yo fallezca y este casado. Es para mi esposa o para mis hijas?