Vamos a ver si puedo resumir el tema bajo mi experiencia de sindicalista de muchos años. Es facilísimo conseguir que te despidan. Sólo hay que seguir estos pasos:
1- DECIRLO, acompañado con un informe a la inspección de trabajo y OTRO A HACIENDA, todavía sin enviar. Si no acceden al despido se mandan. Más información en http://www.aeat.es/denuncia/informacion.htm
2- Si lo primero no funciona hay que cumplir el convenio y todas las normas por nuestra propia cuenta. Por ejemplo, la chica que decía que en su empresa se trabaja 7x7, pues ella lo que tiene que hacer es ir sólo 5 días. Si se trabajan más de 40 horas, cuando hagamos la nº 40 (a lo mejor el jueves) nos levantamos y nos vamos. Y así un largo etc. como con la duración del turno máximo y ejercer exclusivamente las funciones de la categoría que figura en el contrato, que probablemente sea inferior a la que ejercemos.
3- Si esto tampoco funciona lo siguiente es "equivocarnos" en el trabajo para buscar el despido por neglicencia.
4- Lo último es lo de faltar. Por cierto, que a los foristas que dicen que eso es una baja voluntaria... pos vale... vosotros tramitarla como baja voluntaria que yo la reclamaré como despido improcedente y a ver como luego DEMOSTRÁIS que yo he pedido la baja voluntaria o que he faltado a trabajar. ¿Con el testimonio a favor de la empresa del resto de empleados? Claro... seguro que el juez se lo cree. Emjor, porque además de cobrar el paro iba a cobrar la indemnización, que en un principio había renunciado a ella.
Si realmente hay incumplimientos denuncia (Inspección de Trabajo, acude a un abogado, sindicato...).
Si simplemente estás insatischecha con tu trabajo, lo lógico es que busques otro. Si tan mal estás en este no creo que resulte dificl encontrar otro un poquito menos malo. Aunque, evidentemente, sigan dandose desigualdades y abusos, el esclavismo o el sistema feudal hace ya mucho tiempo que no existen en nuestro país.
Y ya que se ha recuperado este post tan añejo (pero sobre un tema tan recurrente. La verdad, Dani, no te hacía falta tirar tan para atrás) aprovecho para responder, aunque tarde, a la intervención de Pulgoso en la que afirma "éste es un foro de lo laboral, y la pregunta , nos guste o no, es una pregunta laboral", pues de acuerdo, imagino que si uno entra en el foro de derecho tributario y plantea como blanquear cierta cantidad de dinero tambien, segun su criterio, estará planteando una pregunta tributaria en un foro tributario. Y no sigo poniendo ejemplos que podrian aplicar al foro de Penal por si pueden herir alguna susceptibilidad. Y es que todo es relativo, vaya.
mira, si supierais la cantidad de veces que he visto como una oficina de empleo rechaza la prestacion de desempleo a una persona por considerarlo fraude de ley .......antes no se metian, ahora es como si los funcionarios pagaran el desempleo de su bolsillo, ya hacen demasiadas preguntas y hay que demostrarle en muchos casos ese despido, al menos en malaga y en determinadas oficinas.
Pues yo creo que Vicenrico está respondiendo a una consulta igual que las demás. Porque, que yo sepa, éste es un foro de lo laboral, y la pregunta , nos guste o no, es una pregunta laboral.
¿O es que este foro está solamente para preguntar por la jubilación, o para preguntar por la cantidad que me quedará de paro?
Yo soy sindicalista desde hace 6 años y puedo dar fe de que Vicenrico tiene razón en que haciéndolo así la empresa lo puede despedir y nunca señalar el abandono del puesto de trabajo. No sé porqué os empeñáis en decir que se equivoca. El único sitio donde vicenrico se ha equivocado es al decir que si se va de la empresa y no vuelve no sería abandono del puesto de trabajo. Aunque después lo ha matizado.
Respecto a Carmenc, puedes buscar foros parecidos a éste, si vas al Google y pones "foro laboral". Te saldrán unos cuantos.
Animo a todos, y seguir así.
Aunque haya peleas y malosentendidos, creo que éste es uno de los mejores foros que he visto, aunque yo soy de "sólo lectura", casi siempre.
Vicenrico: creo que además de intentar a alguien a 'hacer trampa' provocando un despido por motivos torticeros, estás equivocado, bastante...
Richie tiene toda la razón del mundo...
... y Ninfa y Nando_bcn, que siempre se distinguieron por sus destacados conocimientos, su experiencia práctica de primera mano, y, sobre todo, por su honestidad, han dado respuestas a la forista que inció este post bantante lacónicas pero muy elocuentes...
y yo añado que, en mi modesta opinión, este foro no está, o no debería estar, para ayudar a hacer trampas, injusticias o abusos, o dar ideas para ello, sino para consultar dudas jurídicas y dar respuestas jurídicas. Es una pena que algunos se empeñen en otra cosa y lo degraden, y 'espanten' a los buenos profesionales, que se hartan de temas chabacanos y huyen a otros foros más 'serios' que a los que no somos profesionales nos están vetados..., una pena!!!
A ver, o yo me he expresado mal, o alguien no me entiende bien. Cuando digo faltar al trabajo, y creo que en mi ultimo mensaje lo he intentado expresar, me refiero a faltar al trabajo intermitentemente hasta que el jefe se canse y me despida. Ya me imagino que si un dia te vas a por tabaco y no vuelves, pues lo logico es que sea un abandono de trabajo, pero pregunto:
¿y si una semana falto dos dias?, ¿la siguiente falto uno?¿la otra la hago entera?¿la otra falto 3 dias?, vamos, que me refiero a bordear la legalidad con el simple animo de que me despidan. Yo creo que seria bastante facil, ya que segun tengo entendido, para acusarte de abandono de puesto de trabajo se han de seguir unos tramites determinados, por ejemplo, el envio de burofax avisando y demas. Entonces, convenientemente, volvemos a asistir al trabajo y cuando pasen unos dias, pues otra vez vuelta a empezar.
De todas maneras siempre creo que nos estamos saliendo del tema, ya que conseguir en una empresa que te echen, es bastante facil.
Aparte que ya he recomendado otros metodos como pueden ser el denunciar todo lo que se vea a inspeccion de trabajo, ya que todavia no he dado con una empresa que cumpla al 100% con toda la normativa laboral.
Por cierto, si alguien sigue dudando de lo que digo, ahí van, a modo de ejemplo, las siguientes referencias de sentencias que corroboran lo que he manifestado:
TSJ GALICIA (26-05-1995, AS 19951913)
TSJ LA RIOJA (15-03-1995)
TSJ CATALUÑA (18-02-2002, AS 20021030)
TSJ GALICIA 20-10-2001, JUR 2001295011)
TSJ CATALUÑA (19-05-1998, AS 19983060).
Vicenrico, perdona que te diga que estás muy equivocado, y te lo digo con toda la buena fe del mundo. Si el trabajador abandona voluntariamente su puesto de trabajo (dejando de acudir al mismo durante cierto tiempo), es un abandono voluntario, el empresario no tiene necesidad de imponerle ninguna sanción, y por lo tanto, el trabajador no tendrá derecho a desempleo. Insisto, la falta de asistencia al trabajo no necesariamente implica despido, sino que se puede interpretar como un abandono voluntario del puesto de trabajo. El empresario, al extender el parte de baja, tendrá que poner como causa la de abandono voluntario, y si el trabajador va al INEM con ese parte, que se olvide de cobrar el desempleo.
Por cierto, sé perfectamente de qué estoy hablando, y por eso te lo digo así. Tal vez deberías estudiar el caso, porque si alguna vez se te plantea un tema parecido, es posible que no aconsejes bien a tu cliente, que será quien acabe pagando los platos rotos.
Insistito, digo ésto con el único ánimo de aconsejar, y no de discrepar. Allá cada uno con lo que haga.
Evidentemente, Lan, cualquiera que sepa un poco del tema, sabrá como hacer para que le echen. solo hace falta un poco de imaginacion.
Naturalmente, hay que tener cuidado aparte de lo que dices, de que la empresa no haga uso de la suspension de empleo y sueldo, que es de las cosas que mas nos pueden fastidiar como trabajadores.
Por otro lado, cuando dices lo de la baja voluntaria y tal, es facil saltarse eso que dices, ya que de lo que se trata es de tener muchas faltas de asistencia , y por si acaso, que no sean seguidas en caso de que la empresa quiera entrar por lo de la baja voluntaria, que te vuelvo a insistir, que no se meten las empresas.
Dicho en cristiano, dejas de asistir al trabajo, y si la empresa no te echa, y te la quiere meter por lo de abandono de trabajo, te enviara un burofax, entonces lo que tienes que hacer es faltar muchas veces, pero que no sean muy seguidas.
Y por multiples faltas intermitentes no van a decir que es baja voluntaria.
Como ves, es bastante facil...
Y para lora, tienes razon , son los empresarios los que siempre , generalmente, cometen las injusticias. Pero ya se sabe, el que tiene dinero..
De todas maneras lo que te recomiendo es que hables con tu jefa y le digas que si no te echa, que empezaras a hacer visitas a la inspeccion de trabajo y ya veras que rapido accede a echarte. Y si no te echa, pues meteles denuncias a saco hasta que te echen, y si siguen sin echarte, pues al menos arreglaras la empresa y de paso debilitaras la cuenta corriente de tu jefa, en base a multas por los seguros incumpliimientos que todo empresario incurre.
vamos a ver,me parece que os estais desviando del tema.
La cuestion es muy sencilla:Estoy harta del trabajo pero quiero cobrar el paro que tengo acumulado con lo cual no puedo causar baja voluntaria.
Otra cosa es que os parezca injusto o no.
Pero tiene razon Vicenrico,hay muchas injusticias en la vida y generalmente las comten mas los empresarios que los currantes.
Un saludo
No sé quién debería informarse antes de discrepar. Vicenrico, una cosa es la teoría y otra la práctica. Desde un punto de vista de un trabajador astuto, lo que propones es la conclusión lógica, pero en la realidad, la empresa procede a dar de baja voluntaria al trabajador.
Hay que hacer una distinción entre una infracción basada en faltas de asistencia y una baja voluntaria. En la segunda, el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo, sin intención de volver. En la primera, en cambio, falta durante tres días (por ejemplo) y al próximo se reincorpora, con lo que queda claro que su intención no es causar la baja.
Je,je. Yo tambien respeto tu opinion Richie, pero vamos a ver si nos informamos un poco antes de discrepar. Ya lo decia aquel, que para discrepar antes hay que saber de que se esta hablando.
De todas maneras, como veo que no lo sabes, te lo explico. Si faltas al puesto de trabajo, efectivamente se produce un abandono de puesto de trabajo, ( y de eso se trata precisamente), por lo cual la empresa puede proceder a poner la sancion maxima que es un despido. Evidentemente el despido sera PROCEDENTE , por lo que no cobrara INDEMNIZACION, pero al ser un despido SI QUE TIENE DERECHO A PARO, por mucho que la empresa alegue que el trabajador lo ha hecho aposta, ( cosa que tendria que demostrar, que lo ha hecho para que lo despidan).
De todos es sabido la cuestion sindical que si me quiero ir por las buenas, no tengo paro, pero si le pego 2 hostias al encargado de turno, o estoy 3 semanas sin aparecer por el trabajo, pues si tengo derecho a paro. ¿injusticia?... pues si. ¿Pero no lo es tambien que haya gente pasando hambre en Africa?
En relación con todas las opiniones, discrepo con la manifestada por vicenrico, ya que si dejas de acudir al trabajao, se puede entender que es un abandono voluntario de tu centro de trabajo, con lo cual no podrás pasar a percibir el desempleo.
No sé, yo respeto la actuación de cada uno pero sinceramente me parece muy fuerte que se utilice estos foros para preguntar como se puede provocar un despido. El que mas o el que menos en algun momento de su vida ha pasado por un trabajo un tanto dificil y una de dos o te aguantas con lo que hay mientras buscas otro empleo o bien te vas por la puerta grande causando una baja voluntaria...Aun asi suerte.