Uf!, menos mal que aparecieron Sancho y Ninfa, que cuando vi la primera respuesta...!
Manolo, cariño, sabes que te aprecio mucho y me consta el ánimo que tienes de ayudar, pero como te acabo de decir en otra pregunta esta misma noche, tu eres veterano, y eso sale cada dos por tres y es así desde el 2002!!.
Saludos.
Venga, saluditos.
Actualmente puedes pedir el desempleo simpelente con la carta de despido sin necesidad de impugnarlo.
Lo solicites o no, el tiempo que tienes para impugnar ese despido es de veinte dias hábiles. cuando se presenta la papeleta de conciliación, no se crea un nuevo periodo de veinte dias, sino que se detiene el cómputo de esos veinte dias, el cual se reanuda al día siguiente de celebrado ese acto. Por eso creo que debes tener mucho cuidado con los plazos de caducidad.
El plazo de solicitud para el desempleo es de 15 días desde la fecha del despido o desde el acto de conciliación o desde la sentencia. No tendrás fuera de plazo si lo solicitas en esos 15 días desde cualquiera de las situaciones. Otras consecuencias en la fecha de inicio de la prestación, o en el propio derecho a cobrar paro, dependen del resultado de tu demanda (salarios de tramitación, readmisión etc )
El tema es un poco mas complicado que como tu en un principio lo planteas, si has sido causa de un despido improcedente, la empresa te lo debera de comunicar por escrito y tendra que poner a disposición tuya la indemnización por despido que te corresponda, si tu no estas de acuerdo con dicha indemnización te se queda via libre para poder demandar en un plazo de 20 dias en el SMAC, y si estas de acuerdo con la indemnización que te ponen automaticamente percibirias dicha cantidad y podrias presentar toda la documentación al INEM dentro de un plazo maximo de 15 dias, si por el contrario optas por demandar tendras que esperar al señalamiento de la conciliación y si seguis sin conciliar te se abre nuevamente el plazo de los veinte dias para presentar demanda por despido ante ls Jurisdicción de lo Social, el plazo de los veinte dias quedan en suspenso con el señalamiento del SMAC.
Hola buenos días. Quería saber si es posible, si tengo que pedir el paro ya, o tengo que esperarme al resultado de lo que pase en el acto de conciliación o del juicio, porque voy a reclamar contra el despido que me han hecho. Lo que no quiero que me pase es que se me pase el plazo del paro. ¿Cómo se suele hacer?. Gracias.