Buenos día:
Como indica mosca cojonera, cualquier persona podría hacerte la gestión ante la correspondiente Oficina de empleo llevando la documentación necesaria.
Ahora bien, tal y como explicas la situación, mi opinión personal, es que, estableciendo la ley que la madre deberá disfrutar 6 semanas de baja de maternidad después del parte, quedan otras 10 semanas que podrás escoger bien antes o después, por lo que yo (y si tú y la empresa no tenéis inconveniente) antes de finalizar el contrato el 30 de junio cogería la baja de maternidad. Por lo tanto pediría a mi médico de cabecera la baja de maternidad por ejemplo el día 25 de junio y presentarías la correspondiente solicitud de baja maternal ante el INSS, cobrando desde esa fecha y durante 112 días la baja de maternidad. Terminada ésta tendrías 15 días para solicitar la prestación de desempleo. De esta forma no perderías días de ninguna prestación.
Hola, Ahora mismo estoy de baja por riesgo en el embarazo. Mi contrato finaliza el 31 de junio y tengo previsto dar a luz a principios de julio. Tengo entendido que para disfrutar de la baja maternal tengo que estar dada de alta o cobrando el desempleo, si por ejemplo me dan de baja el 31 y el 5 doy a luz y fuera imposible por las molestias del inminente parto o estuviera ya en el hospital a ir al INEM para hacer todas las gestiones de la demanda de empleo y solicitud de prestación, perdería el derecho a baja maternal?.