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despido portero junta ordinaria por votación secreta

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
Despido portero junta ordinaria por votación secreta
02/01/2016 10:14
Hola mi caso es algo estraño os cuento.El pasado 17 de agosto en un punto de día en la convocatoria.propiestas y acuerdos a tomar sobre servicio de porteria.Decidieron que si querían portero pero no al actual.se hizo por votación secreta ya que estaba mi madre que es propietaria.y salio que me iba a la calle. Alegando el despido por causas como estas. No limpia,no recoge la basura,no reparte el carreo,que no estoy en mi hora en mi puesto de trabajo .yo no tengo amolestaciones ni faltas. A día de hoy 2 de enero 2016 sigo en mi puesto de trabajo. Me ha dicho un vecino que para el 20 de enero me hecha por que quieren meter a un amigo de un ptopietario...como seria ese despido si estoy 5 meses trabajando no me podrían hecha por lo que se dijo en junta en su dia. tendrían que poner otros motivos.......a todo esto se hizo un escrito con el 25% de vecinos para hacer una junta extraordinaria para aclarar el despido del portero ya que hay muchos.propietarios que no están de acuerdo.he resumido un poco por que es muy largo de explicar...
02/01/2016 13:37
Aunque su tema es de ámbito laboral, debería haber puesto esta consulta en Propiedad Horizontal.
¿Asistió su madre a la Junta General?. ¿Que votó?.
Salvo mejor opinión, el voto secreto en las Comunidades de Propietarios, no es válido, ya que no queda reflejado en Acta, los votos negativos, por lo que se impide a un propietario que ha votado en contra, la posibilidad de impugnar el acuerdo en el juzgado.
¿En que fecha se celebró la Junta?.
02/01/2016 13:49
Si mi madre voto que me quedara...en el acto solo pone el resultado.11 votos para que me quedara y 16 mi despido. La hunda se celebró el 17 de agosto..he estado de baja un mes por que me corte parte del pulgar y a día de hoy sigo trabajando...perdone yo creía que era laboral...
06/01/2016 08:25
Si le alguien y me puede ayudar lo agradezco. Gracias.
09/01/2016 10:53
Lo más seguro que vayamos a junio . Por que hará quieren hacer firmas para que me despidan ya y poner al amigo del propietario. ¿ se podía declarar nulo? Con las formas de mi despudo. Y ahora se pude denunciar que mi despido de va vencía ese propietario.
13/01/2016 11:28
Si como dice no tiene sanciones y de pronto quieren imponerle un despido disciplinario pues como que van mal.
En éste país se despide cuando se quiera pero aun cuesta dinero, quiero decir que usted busca el despido nulo, eso no va a poder ser pero el improcedente, (porque si es por una sanción tendrán que demostrarla), cuesta y todo dependerá de la antigüedad ya que a mayor antigüedad mayor coste del despido.
Por otra parte nos comenta que esa decisión se tomo o formo parte de uno de los puntos a tratar en dicha reunión, pues bien, si ahora están recogiendo firmas es porque han hablado con algún abogado y les habrá dicho que para tomar esa decisión tiene que haber quorum y claro con el 25 % de participantes pues no lo hay.
13/01/2016 15:12
Se acogen al acuerdo que no se ha ejecutado en si dia.el 17 de agosto .y ese propietario quiere hacerlo que se ejecute.para poner a su amigo.llevo poco tiempo 2 y medio es poca cantidad .El está dicen do algunos propietarios que m controlen para buscar una escusa.para el despido.
13/01/2016 16:48
usted no se adelante a los acontecimientos como ve quieren buscarle las cosquillas y están mareando la perdiz pero no han hecho nada, saben que un despido cuesta y no creo que la comunidad este dispuesta a pagar por despedir.
14/01/2016 09:14
Que son unos 4200€ en 67 vecinos o si no lo cogen de los fondos.de momento llevo 5 meses trabajando,ojalá que el acuerdo lo ejecuten.que no está la cosa para encontrar otro puesto de trabajo.
15/01/2016 15:48
la verdad,no se si esto es laboral,propiedad horizontal,o directamente penal.
15/01/2016 18:12
Jijij ya estaba perdido ahora más aún .ahora me meten en la cárcel sin hacer nada. Y eso que era por mi despido.jijiji
15/01/2016 19:09
No me refiero precisamente a usted......
15/01/2016 20:17
A que es raro mi caso.pues ya son 5 meses así desde 17 de agosto que no se nada.si me voy o me quedo.o si es legal o no. Si el acuerdo es válido A un.
15/01/2016 21:24
Entiendo su preocupación pero no crea que su situación es tan rara,en España hay miles de despidos a diario y la única peculiaridad de su caso es que este posible despido debe de acordarse ante una junta de vecinos.
Como ya le dije, y a las pruebas me remito, no le pueden despedir pq si se trata de una decidió fe la junta de vecinos para ello debe haber quorum y como ve no lo ha habido en la reunión en la que se tomo dicha decisión y es por ello como tb le he dicho que no toman medidas.
Se que le preocupa su situación pero hasta que no se produzca el despido no hay caso y luego, si de produce será cuando podamos decirle algo.
SMO
16/01/2016 07:48
Jamgpreve esa reunión ya se hizo el pasado mes de agosto con las votaciones 11 a favor que siguiera trabajando y 16 al mi despido, con la mayoría simple vasta ya que van a poner a otro en mi lugar.en la reunió elegaban que no limpiaba,que no repartía el correo,no recogía la basura.que contestaba mal a los propietarios.

Y ahora esta este vecino llamando al presidente para que se ejecute ya el acuerdo.para poner a su amigo de portero.

Sólo me falta esperar. Ya que son algunos propietarios los que me van contando como esta la cosa.ni presidente ni administrador.me han dicho a un nada. Y mi salud cada vez peor 15 quilos perdidos. No como ni duermo.ansiedad y depresion.
16/01/2016 20:14
Y dale, ya se que ya se celebro la reunión y es por eso que le digo que no toman ninguna decisión porque NO PUEDEN PORQUE NO HUBO QUORUM EN ESA REUNIÓN y por tanto cualquier decisión tomada en esa junta carece de valor, si su madre, que era participante en la misma impugna cualquier decisión tomada en esa junta esa decisión sera nula.
Que haya quorum significa la capacidad de poder tomar decisiones y la ley de propiedad horizontal sobre reuniones de propietarios dice lo ss:
-Para la toma de decisiones respeto a:
El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
-Como ve la mayoría necesaria seria la de ls 3/5 pero no de los participantes sino 3/5 de los propietarios que a su vez requeriría de una mayoría de 3/5, es decir una vez que hay quorum (esos 3/5 de los propietarios se necesitara a su vez el voto favorable de los 3/5 de esos participantes.
Por tanto y para su caso.
67 vecinos, (habría que ver si son propietarios o no)
los 3/5, 40,2, es deci 40 participantes, (ya no se cumple porque según usted la votación fueron 16 a favor del despido y 11 en contra, en total 27 con lo que ya no se cumple el quorum de participación, sigo; y a su vez de esos 40, 2 nuevamente los 3/5, es decir que necesitarían un voto favorable para el despido de 24,12, osea 24 y como usted dice fueron solamente 16, le queda claro de esta forma.
Por cierto la impugnación:
LOS ACUERDOS DE LA JUNTA SE PUEDEN IMPUGNAR

Los acuerdos de la Junta de Propietarios serán impugnables ante los tribunales en los supuestos de ser contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios, cuando resulten gravemente perjudiciales para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios y/o cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.
Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen votado en contra en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.
La posible impugnación tiene como límite los tres meses posteriores a adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso el plazo para actuar es de un año.
16/01/2016 20:22
Por cierto la votación ademas es impugnable y nula porque dice usted que se hizo en secreto, entiendo que quiere decir que se supo el resultado peo no lo que voto cada uno, es decir por ej, los participantes metieron su voto en una urna y luego se dio lectura a los votos, esta votación es secreta sabremos cuantos votos a favor hay y cuantos en contra pero no lo que voto cada uno de los participantes y por tanto no podríamos saber quienes de los 11 participantes que votaron que no podrían impugnar porque no sabemos lo que voto cada uno, esas votaciones deben ser a mano alzada e identificativa para saber lo que vota cada uno.
17/01/2016 13:05
Lo que me dijo el administrador con la mayoría simple en la segunda convocatoria bastaba .ya que es poner a otro en mi lugar no se va a suspender el servicio.

Si la votación solo ponía si o no nada mas. Ni número de apartamento ni nada.

Nadie va a impugnar la ya que vale mucho dinero.lo único que se hizo un escrito con la firma del 25% para explicar la forma del despido tan dudosa y hacer una nueva reunión con ese punto.
17/01/2016 14:36
Ok correcto, en segundas reuniones seria por mayoría simple por tanto deberá de celebrarse una segunda reunión en la que salga nuevamente el tema, vaya usted hablando con los posibles vecinos que le puedan ser afines para que acudan y voten no.
Por otra parte, aunque sea por mayoría simple, es decir la mitad mas uno pero no se los asistentes sino de los vecinos con dcho a voto porque sino nuevamente no habría quorum, es decir, se necesita que asistan al menos la mitad mas uno es decir, si nos dice que son 67 necesitara que asistan 34 y aquí si serviría la mayoría simple, en este caso 18 votos
17/01/2016 17:36
Eso es imposible ya conseguirlo .ya que solo viven todo el año 12 vecinos los demás es segunda vivienda.y esta el propietario llamando a los propietarios para que ejecuten ya el despido.ay vecinos ya controlando lo que hago para un despido procedente.