Hola, me han despedido, estuve tres años con contrato indefinido como auxiliar administrativo en Málaga. Me han indemnizado con 45 dias por año trabajado y el despido es por causas objetivas (reestructuración de la empresa). En la misma carta reconocen que el mismo es improcedente y por ello dice que me pagan los 45 días. En mi caso no ha habido preaviso ninguno, fué de un día para el otro, puedo reclamar el preaviso? De cuantos días sería ?
Muchas Gracias por los consejos que me puedan dar.
Perdóname butters, pero a qué te refieres conque no tengo todas las de ganar? Quieres decir que la decisión correría por parte del juez? Que pueden tirar de jurisprudencia? Si puedes explicarme un poquito más te lo agradecería.Gastón
gaston, en los despìdos por causas objetivas, como bien te dice butterss deben preavisarte con treinta días, pero la indemnización es de 20 días por año. Si te pagan 45 es despido improcedente, que parece ser que es lo que te dicen en la carta. Haz tus cálculos antes de reclamar y mira si te compensa. Si es por causas obejtivas te han pagado 75 días de más menos los 30 de preaviso, salen 45 a tu favor. Si es por despido improcedente, no hay preaviso...
Parece que se han columpiado, pero a tu favor.
un saludo
Buenos días, las indemnizaciones de 20, 45 días por año son los mínimos a que se tiene derecho si la empresa ha querido darle esos 45 mejor para él pero yo creo que tiene derecho al preaviso.
la empresa en la propia carta de despido, ya te señala que se trata de un despido improcedente.
no se trata de un caso en que la empresa, porque ella quiere, mejora la indemnización de 20 a 45 días, sino que es un despido improcedente, y por eso te dan esos 45 días por año de servicio.
y como bien te han dicho, el despido objetivo debe ir con un preaviso de 30 días. ahora bien, como ellos mismos reconocen la improcencia, no se puede exigir preaviso alguno, es improcedente y ya está.
Ya, pero el hecho de que reconozcan la improcedencia., al tratarse de un despido objetivo, no cambia el que deban repetarle los 30 dias de preaviso o bien le compensen con los salarios del prertiodo de preaviso no respetado.
Efectivamente, la empresa parece que no ha estado muy hábil al estar dispuesta a pagar los 45 dias y optar por el objetivo.
No veo la razón por la que el trabajaodr no deba reclamar el preaviso o su compensacion economica.
Ah!, por cierto, el despido objetivo es cierto que son 20 dias/año, pero cuando sea procedente, y eso sólo ocurriría si el juez así lo parecia o bien simplemente el trabajador no reclama dentro de plazo. Y en este caso ya es la empresa quien de entrada a reconocido la improcedencia.