Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

despido nulo o improcedente

2 Comentarios
 
Despido nulo o improcedente
24/01/2005 12:46
Vamos a ver si me aclarais un tema.
He leído en algunos posts que el despido que no cumpla los requistos formales, debe ser calificado como NULO. Y esto lo he leído en varios posts.
El art. 55.4 ET dice "será improcedente en caso contrario o cuando en su forma no se ajustara a los establecido en el apartado 1 de este artículo".
En el mismo sentido GORELLI HERNANDEZ, El despido, pg. 319.
O sea, que según esto, el despido con falta de forma es IMPROCEDENTE.

¿Aclaramos el tema?
24/01/2005 12:54
Perdonad el corte.
Siguiendo la argumentación, nos encontramos con el art. 53.4 que dice que "cuando el empresario no cumpliese los requisitos del art. 53.1 (defectos de forma) la decisión será nula".

Con lo cual, ¿los defectos de forma en despido objetivo acarrea la nulidad y en despido disciplinario la improcedencia?

¿Es así?
24/01/2005 13:09
Hola Iceberg!!
Si, yo asi lo entiendo, de hecho el articulo 53,habla de despidos objetivos, y el articulo 55 del despido disciplinario,con lo cual los defectos de forma en el objetivo hacen que este se pueda declarar nulo, mientras que en el disciplinario..improcedente