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Despido improcedente

35 Comentarios
Viendo 21 - 35 de 35 comentarios
01/11/2011 03:04
Tanto a Albert1987 como Patxi5, tolles cortados por el mismo patrón, si fueran de verdad personas con necesidades no me importaría repetirles una y mil veces como hacemos a diario las mismas cosas, pero como son ambos a dos "tan listos" les recuerdo un viejo refrán del Foro, que por estar delante de sus narices, debe ser visto y digerido:

""A fin de evitar inútiles reiteraciones, antes de hacer alguna consulta o introducir un nuevo tema en este foro de Derecho Laboral, es aconsejable comprobar si dicho tema o consulta ya ha sido objeto de intervenciones anteriores. "

El modelo de carta de despido reconociendo la improcedencia se ha publicado varias veces. Y para "presentos expertos" no merece la pena perder más tiempo, sobre todo si son sombras siamesas
01/11/2011 10:01
Dictada sentencia, se cierra la sesión...

Bién dicho Archilla...

Compañeros, no le sigan el juego...

Albert1987 como Patxi5, asesores que requieren ser asesorados y no lo asumen correctamente.
02/11/2011 08:38
Bueno, 23 mensajes para no decir nada sobre la consulta de Albert1987, se trataría de responder a la consulta por procesos indicando todas las posibilidades, yo no sé tengo mis abogados...
02/11/2011 16:36
A todos estos que supuestament me critican, solo les voy a decir que soy un pringado mileurista que trabaja más de 40 horas semanales por cuenta ajena en un sitio donde nadie le puede ayudar... es por eso que Albert1987 solicita una segunda opinión para alguna cuestiones que le plantean en su oficina, si ustedes me las quieren contestar como anteriormente han hecho pues encantado y sino pues nada...

Gracias.
perfil feo
02/11/2011 19:36
Sin entrar a valorar todas las respuestas que as recivido que nada te aclaran te dire que si quieres despedir a dicho trabajador puedes acerlo cuando quieras . Eso si deveras presentarle una carta de despido indicandole con 15 dias de antelacion la fecha de la finalizacion de su contrato( es decir el dia que queda despedido)ademas podras alegar en la misma cuantos motivos creas oportunos para despedirle que podran ser procedentes o no. Si tu unica obcion es la de que no osgusta como trabaja o no rinde lo suficiente eso si osdemanda tendreis que demostrarlo ante un juez cosa muy improbable por no decirte nula la posivilidad de despido procedente. Entiende que lo astenido 3 años para darte cuena de como trabaja y lo que rinde ahora no puedes alegar tal motivos seria un despido improcedente por lo que tendrias que pagarle 45 dias por año mas las partes proporcionales de pagas extraordinarias mas los salarios dejados de pecivir desde el dia que fue despedido asta el dia que aya sido declarado despido improcedente perderas el juicio y ademas tendras que pagar las costas del juicio y a tu abogado que ya te anuncion que muy bien puede ser 6,o 9 ,o mas meses depende de como este el juzgado de faena. Tu no puedes reconocer la improcedencia del despido eso telo diara un juez en sentencia si procede en el supesto que el trabajador no sea innoranete y cumpla con sus derechos de demandarte ante el ESMAC y sino ahi conciliacion ante el juzgado de lo social pues si pactara cualquier otra cosa con la empresa sin pasar por ninguna de los estamentos oficiales nombrados el trabajador no podria solicitar la prestacion por desempleo. No ahy cartas de modelo de despido improcedente lo que si ahy son sentencias dictadas por jueces de despidos procedentes o improcedentes segun los casos. Como entiendo que teban asurgir barisdudas puedes preguntarme lo que quieras intentare darte la mejor respueta un Sauldo.
02/11/2011 19:50
Pasaba por aquí y veo el post de "feo".

Imagino que es una broma, porque aparte de las tropecientas faltas de ortografía, hay bastantes errores de bulto, como por ejemplo:

* Tener que dar 15 días de antelación para un despido es inexacto, por decir algo. Si el despido se articula en base a causas disciplinarias, no hay preaviso que valga.

* El que se haya tenido 3 años para ver como trabaja, es un poco "asín", porque digo yo, que tendrá que ver el tocino con la velocidad. A lo largo de la vida laboral de un trabajador, se pasa por muchos momentos, y no porque el primer año lo haya hecho de cine, lo siga haciendo los siguientes años.

* El que no se pueda reconocer la improcedencia, el que se tengan que pagar los salarios de tramitación (desde el despido hasta que el juez diga que es improcedente), es una tontería, ya que es un tema aclarado de sobras por el Estatuto de los Trabajadores.

Hala, lo dejo, porque imagino que ese post sea un broma y no de alguien que pretende saber de que va esto.

Un saludo.
02/11/2011 19:57
Esperad, que hay otra para la antología:

"pues si pactara cualquier otra cosa con la empresa sin pasar por ninguna de los estamentos oficiales nombrados el trabajador no podria solicitar la prestacion por desempleo"

Solo se me ocurre una expresión para catalogar esa afirmación, mentira podrida.

Un nuevo saludo.
02/11/2011 21:22
Llobu, no se que haces corriguiendo... pues el Experto en corregir es Patxi5... jejeje!

Albert1987 si eres un profesional y necesitabas ayuda, podias haberte pronunciado antes de que la discusion del foro continuara. No obstante pasos:

- Carta de despido. Reconocimiento de improcedencia
- Calculo de indemnizacion correspondiente.
- ¿como redactar la carta? PRIMER RESULTADO DE GOOGLE: http://foros.abanfin.com/viewtopic.php?f=3&t=13656

Un poco mas de iniciativa por favor...



03/11/2011 02:54
Si usted quiere despedir a su trabajador (por bajo rendimiento y porque no les gusta como trabaja),después de llevar solo 3 años trabajando con usted,(claro poco tiempo)(madre mía,que manera de meter la pata)debería ser usted mismo el que se despidiese así mismo,por su poca competencia,y eso que no soy abogado,a veces el trabajador (como ser humano que es,aunque parezca mentira,y no, no me pongo colorada,como en la canción) puede estar atravesando problemas fuera del trabajo que nunca nadie tiene en cuenta,o lo que es peor que usted le este menospreciando en sus labores,típico de empresaurios ("hemprendedores Espanistaníes " si con (h) y con ironía, que están levantando el pais,sí pero para abajo)como decía,si fuera así,iba a ir a rendir mi suegra al trabajo,deberían saber si le pasa algo a su empleado antes de votarlo,más que nada para no quedar como un incompetente delante del resto,y mas queriendolo echar después por ese motivo,que ni se lo cree usted.
03/11/2011 08:56
Dios mio....., lo de feo no tiene nombre....., y al parecer también tenemos filosofos y todo en el foro, que bien...., pero albert1987 sigue igual, .....
03/11/2011 09:07
Muchas gracias Tombo, recordar a los demás que he planteado una pregunta, no una ofensa a nadie...

Solamente queria una segunda opinión o un poco más de información sobre este tema.

Un Saludo.
03/11/2011 09:25
No hay de que.

Aunque "recomiendo" (luego cada uno hace lo que le parece), que la proxima vez que participes en el foro no dejes que el tema se salga de lo planteado.

Saludos y suerte con ese despido.
perfil feo
03/11/2011 11:05
Llobu te agradesco que te allas fijado en mis tropecientas faltas de ortografia intentare mejorarme gracias y no es una broma ni errores de bulto ( la experiencia es veterania y la misma es un grado). Tener que dar 15 dias de antelacion no es que sea inexacto es que eres inexacto por que ademas el trabajador tendra derecho duranet esos 15 dias a una reduccion de 2 horas de su jornada laboral diaria para buscarse un nuebo empleo. El despido se puede articular en base a las causas que al empresario le de la gana pero OJO el abiso siempre debe existir conforme a las normativas vijentes como en todos los ambitos existen una cosa que sellama ( los pertinentes actos protocolarios). Llobu te dire que tiene que ver el tocino con la velocidad. El tocino es un producto que ademas de ser un alimento muy bueno tambien es grasoso y si lo untamos sobre un banda de rodadura por la que tenga que desplazarse un objeto podemos reducir considerablemente la fuerza de atraccion sobre la misma y el desplazamiento por la misma podra ser mas comoda,suabe y por tanto podremos aumentar la velocidad con menor desgaste de energia. Por los momentos que un trabajador pueda pasar a lo largo de su vida laboral es irrelebante para el caso que nos ocupa . Si el trabajador percibe lo establecido el 3º año lo mismo que el primero al menos debera y en principio rendir lo mismo no cre es. En cuanto a tu tercer punto y con todo respeto tedire y sin animos de faltar tedire que no es una tonteria por lo que entiendo que lo que si es una diearra mental lo que tienes. Y si todo esta aclarado en el Estatuto de los Trabajadores, no te lo leas estudiatelo.Un Saludo
perfil feo
03/11/2011 11:18
archila en tu mensaje no me queda claro a quien te refieres con lo de TROLL si a feo o a Albert 1987
Un Saludo
perfil feo
03/11/2011 11:30
Patxi5 lamento profundamente que no conoscas el nombre de lo de feo. Tambien te agradesco que te paresca bien que en el foro tengamos filosofobos.Por otro lado entiendo que a estas alturas Albert1987 ya tendra sus propias conclusiones que seguramente seran las mas acertadas. Un Saludo
03/11/2011 11:35
Bien, gracias por las respuestas a la pregunta... más o menos e apreciado diversos puntos de vista, és lo que tiene el derecho laboral, de todos modos gracias los que me han dado su punto de vista.

Gracias.

Un saludo a todos los que me responden cuando pongo alguna pregunta, más de una vez me han servido de mucho.