Hola, bueno antes de nada deciros que soy nuevo en este foro y que , como todos , buscamos respuestas que nos satisfagan.
Bueno a lo que voy:
Ayer me comunicaron que el dÃa 22 de Abril me despiden, llevo trabajando en la empresa desde Noviembre de 2006, el tema es que en la carta que me han dado pone el dia 8/04/2009 , y ese dÃa lo tenÃa libre, por tanto me la han dado hoy. Cómo no hay 15 dÃas de preaviso, supongo que eso debe tener algo punible. Eso por un lado.
Por otra parte , mi contrato es de Obra y servicio, pero la excusa que nos ponen para echarnos es ( textualmente ) :
" El motivo que ha llevado a la empresa a tomar esta decisión reside en la necesidad de amortizar de manera objetiva su puesto de trabajo como agente en la campaña por finalizar los siguientes servicios :
- Internet en casa
- Red060
- Dominios. "
Este motivo es totalmente falso, ya que la campaña no cesa, si no que se traslada, por tanto no es fin de obra como pretenden alegar.
Por ello querÃa saber vuestra opinión del tema, ya que nos proponen 20 dÃas por año trabajado 15 dÃas por falta de preaviso los dÃas de vacaciones que nos corresponden.
¿ Se puede reclamar que la indemnización sea de 45 dÃas ? o lo que ofrecen entra dentro de lo legal.
Perdón por el rollo, pero espero que me podáis ayudar.
Si la carta está en esos términos el despido, entiendo es nulo, pero es mejor pelear por la declaración de improcedencia y solicitar 45 días por año de trabajo.
y si el depido es nulo, ¿ deben reubicarme con mi horario ( 5 horas ) y mi contrato ( obra y servicio ) sin ningún tipo de indemnización ni papeles del paro, ¿ verdad ?
Por otro lado, he estado mirando precios de abogados expertos en temas laborales y , al ser nuevo, me parecen excesivos los precios que ponen, en torno, a 125-150 euros de primeras y luego un porcentaje que va entre el 10-15% I.V.A. si acaba todo bien.
El despido en esos términos no es nulo, podrá ser declarado improcedente y se podrá reclamar la falta de los 30 días de preaviso del despido objetivo, pero nada más.