Lo primero es que en el contraqto ha de figurar expresamente que esa contratacion se acoge a la disposicion adicional no recuerdo si primera de la Ley 12/2001. Si así fuera, la norma exige, "...Que el despsido haya sido declarado improcedente." y solo lo puede declarar improcedente un despido, un juez. La empresa solo puede reconocer la improcedencia, no declararla.
me gustaria saber si un trabajador con contrato indefinido bonificado que es despedido improcedentemente por causas objetivas tiene derecho a una indemnizacion de 45 dias de salario x año, o si la indem, es de 33 días.(la improcedencia la reconoce la empresa, pero no hay sentencia al respecto)