Efectivamente. Las Administraciones Publicas estan obligadas por Ley a la readmisión, o lo que os lo mismo a no indemnizar, por lo que entiendo que te deberan de admitir nuevamente a tu puesto de trabajo que dejastes antes del despido, y los acuerdos del Convenio Colectivo nunca son "papel mojado".
Me han dado una sentencia de despido improcedente. El convenio regulador para el personal laboral al servicio del Ayto dice en su clausula sexta de las disposiciones adicionales."El Ayto y sus Patronatos, optarán obligatoriamente por la readmisión en los supuestos de despido objetivo o disciplinario de su personal, que sea declarado improcedente por sentencia judicial firme de la jurisdicción competente. Mi pregunta es: De ser así; ¿Me tienen que readmitir sin más contemplaciones? o pueden remitirse al Estatuto de los Trabajadores, considerando el Convenio "un papel mojado" Muchas gracias.