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despido? Impotencia!

4 Comentarios
 
30/05/2004 21:11
Mañana por la mañana, sin falta, ve con todos los documentos que tengas (contrato, nominas, etc.) a la Inspección de Trabajo de tu provincia y exponle tu caso al Inspector/a que éste de guardia y que te aconseje los pasos a seguir. Espero que al menos te tranquilice.
perfil Bit
30/05/2004 20:08
el 31 me dieron la carta de despido, pero de finiquito y de nomina nada de nada. nos lo pagaran (dicen) entre el 1 y el 10 de este mes de junio.
yo firmé la carta, pero nada mas. pasa algo por haberla firmado? en ningun momento se me enseño la carta con las cifras a pagarme ni nada.
y ademas, no nos han dado los TC para ir a tramitar el paro. el jefe me ha dicho que si no los llevo, debere rellenar un "formulario" en el inem, que es como una "denuncia", y que con eso ya podre tramitar el paro? es cierto eso? o debo ir al ministerio de trabajo a denunciarlo? es que mio temor es que se me pasen los plazos para reclamar, o para pedir el paro.

mil gracias de nuevo!
25/05/2004 18:40
Hola.

Lo primero que tiene que pasar es que tengas la herida para poder poner la venda.

Cuando llegue el día 31 deberan darte una carta de despido o de fin de contrato. En cualquier caso creo que deberás impugnar ese despido, con lo que tendrás deecho al cobro de la correspondiente indemnización y los salarios de tramitación correpondiente.

Para wue fuese un despido objetivo, además de la existencia de las causas tiene que ajustarse a un procedimiento y por lo que explicas no se va a cumplir.

Si quieres aplazar el pago, puedes hacerlo, peo exige garantías de cobro. No soy economista, pero podrías exigir que el documento de pago esté avalado por persona física solvente o conformado por un banco.

Si no te dan carta de despido y la empresa cierra, lo que deberás hacer es presentar denuncia ante la inspección de trabajo (que verifique tal extremo ) y presentar demanda por despido tácito.

REcuerda que en el peor de los casos y dentro de los límites legales tienes la posibilidad de si la empresa no tiene bienes susceptibles de ser embargados o embargados ´estos no alcanzasen para el pago de a deuda, al FOGASA, que se haría cargo de la indemnización y hasta 120 días de salario (dentro de los topes legales.)

Saludos.
25/05/2004 17:54
Hola yo no soy abogada ni mucho menos, aunque estoy en ello, pero si soy una persona indignada ante tales circunstancias, yo empezaria poniendoles un acto de conciliacion, que es un paso anterior a la demanda judicial, y en el que ( por lo menos a mi) si llegais a un acuerdo se te abonan las cantidades adeudadas, mas el finiquito. En cuanto al despido, segun dices, es un despido colectivo y por lo tanto te tienen q dar 20 dias de salario por año, pero esque este tipo de despidos tiene que ser por causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion y ademas necesita una autorizacion. En cuanto al preaviso creo que no es necesario, pero si quieres vete al articulo 51 del Estatuto de los trabajadores y te quedas mas tranquilo. Ah, si tu contrato es por obra y servicio tambien hay k contar 8 dias por año de servicio, por finalizacion de la obra. QUE TENGAS SUERTE, y espero haberte orientado un pokillo
Despido? impotencia!
perfil Bit
25/05/2004 13:51
desde agosto del 2003 estoy trabajando en una empresa con contrato por obra y servicio, con la categoria de comercial, cuando mis labores son de responsable del area de diseño.
ayer cortaron el telefono y la conexion a internet por falta de pago. nos avisaron el dia 18 de que el 30 nos ibamos todos a la calle. aun no llevo un año trabajando en esta empresa y no se si deben entregarme la carta de despido con 15 dias de antelacion. por otra parte, me han dicho que la nomina la pagaran el dia 31 (esperemos), pero el finiquito lo pagaran (si lo pagan), en 2 veces. como puedo asegurarme de que eso se va a cumplir?. que medidas legales puedo adoptar ante la no entrega de la carta de despido? tienen a una persona trabajando sin contrato ni papeles de residencia y hay bastantes irregularidades en esa empresa. no quiero quedarme sin cobrar, que puedo hacer como medida de presion?
gracias, no se que haria sin esta web!!.