Hola a todos.
¿puede llegar a proceder el despido por falta de asistencia al trabajo estando el trabajador en IT argumentando el empresario que no se le ha entregado el correspondiente parte de confirmación, siendo que el trabajador realmente lo ha entregado?, los anteriores partes de confirmación y de baja fueron todos entregados, y la costumbre entre trabajador y empresario era la entrega en mano, por lo que llegado el momento el trabajador no podría acreditar que realmente lo entregó.
Lo de “llegar a proceder” no acabo de entender muy bien a que te refieres (¿despido procedente o improcedente?), pues lo que es un despido a secas, puedes ser hasta por el simple motivo que no le haces (suponiendo que seas tu el trabajador y no el jefe) ni pizca de gracia, y puede y se permite el empresario de marras, el capricho de echarte argumentando lo que considere más oportuno. En este caso, según cuentas, porque “dice” que no les has entregado los partes de baja.
Que yo sepa, no es practica habitual (aunque no estaría de más) entregar los partes de baja y hacerles o pedirles que te firmen o sellen el acuse de recibo, como se los has entregado.
Respecto al que el trabajador no puede acreditar que ha entregado los partes de baja. Pregunto yo: y el empresario ¿puede el, acreditar que el trabajador no se los ha entregado? Cuando ha venido siendo práctica habitual (hasta la fecha) o costumbre en la empresa, entregarlo en mano, sin ningún tipo de justificante como se les ha entregado.
Ya puestos a preguntar, en el caso de que haya más trabajadores en la empresa y hayan causado en alguna ocasión baja por enfermedad ¿les ha exigido este empresario a ellos, o ellos a el, un justificante de entrega?
Bueno, esperemos otros puntos de vista o preguntas de foreros más experimentados.
Otra pregunta, si con anterioridad te venia entregando el trabajador (suponiendo que no seas tu el mismo) el parte de baja en mano, sin ningún tipo de justificante de entrega ¿le has abonado la mensualidad puntualmente, como Dios manda?
Una ultima pregunta por mi parte: el médico que ha extendido estos partes de baja ¿puede el o ella, justificar que no estaba conchabado con este trabajador para producir un grave perjuicio a este empresario?
Me imagino que ya llevas algún tiempo en situación de I.T....y, como dicen, a tu Jefe, no le hace gracia tu status...... por qué no ibas a entregar un determinado parte de confirmación y los anteriores sí. Por si acaso, antes de entregar el siguiente parte, saca fotocopia y que te la sellen; si se niegan, que esté presente un miembro del Comité de Empresa o Delegado de Personal.
De esta forma -en caso de que quieran despedirte-,podrías conseguir la improcedencia.....ya sabes: 45 días etc.
Suerte.