Como asesor de empresa tengo un despido de un trabajador que se encuentra en excedencia forzosa por cargo en el ayuntamiento, pero la empresa ha descubierto a través de una red social que el trabajador está impartiendo cursos de materia relacionada con la actividad de la empresa. La empresa le quiere despedir por competencia desleal(firmó clausula de exclusividad y de no competencia) Tengo dudas del valor probatorio de lo expuesto en una red social....No obstante, entiendo que la empresa debe comunicar el despido a través de burofax o telegrama al trabajador y el efecto del despido debería ser a la fecha de comunicación del mismo.