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Despido disciplinario

1 Comentarios
 
Despido disciplinario
05/06/2024 15:00
Buenas tardes!
A ver si me pueden orientar.
Mi pareja lleva en su empresa más de dos meses, tenía 45 días de prueba.Desde el principio ha tenido acoso laboral,fomentado en principio por uno de los trabajadores,y ha fomentado este que sus superiores hagan lo mismo con acusaciones falsas.Creo que por sentir que podía perder su trabajo ,ya que mi pareja tenía más conocimientos y el miedo a perder su empleo o que le hicieran a él encargado en su lugar.Es carnicero, desde que empezó han pasado cuatro carniceros por la empresa,se han ido todos por el mal rollo que crea esta persona.Mi pareja ha aguantado a pesar de ese acoso por necesidad .
El caso,le han dado varios ataques de ansiedad en el trabajo por esta situación.
Hace tres días, después de dejarlo solo en la sección como siempre,le dio un ataque muy fuerte y tuve que ir a buscarlo para llevarlo al médico,ya que ninguno de sus superiores le brindó su ayuda.
Después de permanecer en el centro de salud,el médico lo envío al hospital por si pudiera ser un infarto,se mantuvo allí en observación hasta el día siguiente.
El médico le dió la baja a la hora de salir del trabajo,antes de mandarlo al hospital serian las 11 de la mañana.
A las 7 de la tarde le mandan un WhatsApp el equipo jurídico de la empresa diciendo que está despedido y le mandan una carta como despido disciplinario, incluyendo que se fue sin avisar,y varias cosas que son mentira.
El viendo el tema ,le aconsejé que grabará todo desde hace tiempo,en las que se puede ver que mienten .
Le han mandado esa carta,pero ningún papel más del despido y reclamando los papeles no se los han facilitado, tampoco la mutua colaboradora.
Mi pregunta es...cómo proceder ante esto y que podemos hacer en cuanto a su baja y ante ese despido disciplinario falso ,tenemos pruebas de audios en las que se ve que todo es falso.
También le hemos dicho que están grabados .
Gracias por sus respuestas
05/06/2024 17:16
laila33
Buenas tardes,

El acoso laboral (mobbing) está tipificado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre) y en el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). Su artículo 4 establece que los trabajadores tienen derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo. La empresa debe garantizar un ambiente de trabajo seguro y saludable. Las denuncias de acoso laboral pueden ser presentadas ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Según el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, el despido disciplinario debe ser notificado por escrito al trabajador, detallando los hechos que lo motivan y la fecha en la que tendrá efectos.
En caso de impugnación del despido, el trabajador puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. La carga de la prueba recae sobre la empresa para demostrar la veracidad de las causas del despido.

La empresa está obligada a proporcionar todos los documentos relacionados con el despido, así como a informar a la mutua colaboradora sobre la baja médica del trabajador.
Si la empresa no facilita la documentación, su pareja puede solicitarla formalmente mediante un burofax para dejar constancia de la solicitud.

Durante la baja médica, su pareja tiene derecho a percibir la prestación económica correspondiente por incapacidad temporal. La empresa no puede despedir a un trabajador por estar de baja médica, salvo que exista una causa justificada y demostrable.

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